La aprehensión del exviceministro de Transparencia, Guido M., denunciado por violación a los derechos a la identidad, seguridad e intimidad de al menos 592 personas, fue calificada de “arbitraria” por abogados consultados por EL DIARIO, ya que no se respetó el certificado médico presentado por la exautoridad para suspender la audiencia de declaración.
El exviceministro (2019 – 2020) debió declarar a las 8.30 de ayer, empero al promediar las 8.45 presentó un memorial en el que se indicó que “en horas de la madrugada” la exautoridad habría “sufrido una descomposición (sic) con problemas respiratorios tal como establece el certificado médico que adjuntó” y solicitó la suspensión de la audiencia, indica un comunicado del Ministerio de Justicia.
Según el comunicado, el certificado médico refería una “leve dificultad respiratoria”, pero luego recomienda “reposo absoluto” por una “bronquitis aguda”.
“El fiscal asignado al caso verificó que el memorial no lleva la firma del señor Guido M. y comprobó con el médico del IDIF (Instituto de Investigaciones Forenses) que el certificado es incoherente e infundado”, se lee en comunicado.
Al respecto, el abogado Eusebio Vera, manifestó que en este tipo de casos prevalece la buena fe, salvo que se pruebe lo contrario.
“Cuando se presenta un certificado médico se debe dar fe de aquello, consecuentemente una audiencia ya sea de declaración u otra debe ser suspendida, salvo que la autoridad fiscal ordene la revisión minuciosa no del contenido del certificado, sino del paciente, porque puede haber cuadros clínicos diferentes y eso se define previo un estudio clínico, de laboratorio, etc.”, aclaró.
Apuntó que el contenido de un certificado médico no puede reflejar la real dimensión del estado de salud de una persona, por lo que no se puede hacer un análisis solamente de un documento ya que ello no es suficiente para tomar una determinación, sino que el médico del IDIF debería haberse constituido al domicilio de la exautoridad para verificar su real estudio de salud.
Por otro lado, Vera recordó que la actuación irregular, en muchos casos, del IDIF, que además forma parte integrante del Ministerio Público, lo que hace que no haya confiabilidad, profesionalismo en los funcionarios de esta institución.
En similar criterio, el abogado Jorge Santistevan apuntó que la Fiscalía “hace lo que le conviene y lo que le ordena el grupo político”.
“Si el fiscal desconoce la capacidad de los profesionales médicos estaría vulnerando derechos fundamentales o derechos humanitarios, hasta de compasión, tal como lo establecen las normas internacionales. Algo similar sucede con la exmandataria Jeanine Añez”, apuntó.
DENUNCIA
El exviceministro fue denunciado junto al exdirector del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Mauricio G. F. M., por uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes al haber presuntamente violado el artículo 16 de la Ley 145.
Vera aclaró que los datos personales de un sujeto son confidenciales y que la única manera de levantar ello es mediante una orden judicial.
“Solo un juez puede pedir esos datos, siempre y cuando esté dentro de un caso abierto. Los datos de una persona son inviolables, deben ser respetados en todo momento y por todas las autoridades”, apuntó.
El jurista aclaró que la sanción por los delitos que está denunciado la exautoridad es de dos a seis años de privación de libertad.
“Se debe ver si el delito por el que está siendo investigado era inherente a las funciones que la exautoridad desempeñaba. Si no estaba dentro de sus funciones no se puede hablar de incumplimiento de deberes”, dijo.
Aclaró que dentro de las instituciones públicas existe el Programa Operativo Individual, donde se estipulan y establecen cuáles son las funciones de los diferentes niveles públicos.
Respecto al delito de uso indebido de influencias, apuntó que es una figura jurídica difícil de probar, y en este caso se tendría que ver la capacidad de orden.
“Habría que investigar cuál es la relación y del lazo que existía entre el viceministro de Transparencia y el exdirector del Segip, para que haya un uso indebido de influencias”, dijo.
El jurista apuntó que de acuerdo a la Ley 1173 los tipos penales por los que la exautoridad es procesada son procedentes para la detención preventiva.
APREHENSIÓN
La media mañana de ayer, la exautoridad se presentó ante la Fiscalía para prestar su declaración informativa y cerca al mediodía se dispuso su aprehensión para llevarla a una audiencia cautelar para que se defina su situación jurídica, informó el jefe de la División Corrupción Pública de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), Roberto Cuenca.
“Creo que es una injusticia. Solicité las listas al Segip dentro de un programa de lucha contra la corrupción establecido en la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz”, sostuvo Melgar en su defensa.