La inclusión del derecho al agua en la nueva Constitución de Chile será una cuestión que deberá «tenerse muy en cuenta» y «debe huir de populismos y eslóganes políticos», según informe de Conversatorios.
Así lo recoge el II Informe de los Conversatorios del Agua, publicado por el Foro de la Economía del Agua. El análisis avisa, no obstante, que resulta fundamental incluir este derecho de un modo ordenado para que no acabe resultando en un obstáculo para garantizar el equilibrio hídrico.
El documento recoge las recomendaciones sobre el mejor modo de trasladar el derecho humano al agua y al saneamiento a la nueva Constitución chilena, expresadas por varios expertos europeos y latinoamericanos en derecho comparado y gestión del agua.
Además, el informe señala que el valor del agua como derecho humano se recoge en los ordenamientos jurídicos de casi todos los países. Ahora bien, la mayor parte de las constituciones lo recogen únicamente de manera indirecta, enlazado con otros derechos, como el derecho a un medio ambiente sano, a la vida o la salud.
Los expertos coinciden en que en una Constitución del Siglo XXI sí resulta razonable la inclusión directa del agua como derecho, en consonancia con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de Naciones Unidas.
El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Bocconi de Milán, Fabrizio Fracchia, ha apuntado que una disposición constitucional sobre el derecho al agua «puede favorecer un cambio de enfoque cultural», y constituye «una llamada a la responsabilidad de la sociedad al completo, además de servir de guía para el poder judicial y las instituciones».
El informe señala además la grave situación hídrica que vive Chile y los pronósticos pesimistas al respecto. En esta línea, el presidente del Foro de la Economía del Agua, Francisco Lombardo, ha indicado que las previsiones apuntan que el país andino será «uno de los estados latinoamericanos que más verá reducida su disponibilidad de agua dulce en las próximas décadas, un problema que se agravará por un crecimiento de la demanda provocado por el aumento de las temperaturas. Todo ello puede llegar a provocar que, en 2050, la gran mayoría del país vivar de forma continua con estrés hídrico extremo».
Todos los ponentes han coincidido en que el equilibrio hídrico debe abordarse más allá de la Constitución, e incluso del ordenamiento jurídico, y son necesarios otros elementos para garantizarlo. (Europa Press)