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Normas generales para la gestión educativa 2022

El Ministerio de Educación, en cumplimiento de la Ley N° 070, de fecha 20 de diciembre de 2010, de la educación Avelino Siñani-Elizardo Pérez, para el inicio de las actividades escolares de la presente gestión emite la Resolución Ministerial 01/2022. Es un instrumento administrativo que norma los procedimientos de planificación y organización, desarrollo curricular y cierre de gestión en los subsistemas de Educación Regular, Alternativa y Especial y Superior de Formación Profesional del Sistema Educativo.

La RM N° 01/2022 nos da a conocer las modalidades de atención que regirán en la presente gestión. Indica que el Gobierno Central a través de los Gobiernos Autónomos Municipales tienen la obligación de adecuar y dotar la infraestructura, mobiliario, equipamiento y material de bioseguridad de acuerdo con sus competencias concurrentes, definidas por la Constitución Política del Estado.

En dos años conviviendo con el covid-19, se evidenció las limitaciones que tiene el ámbito educativo. Uno de los aspectos que se debe analizar es el desarrollo de las modalidades de atención, porque la gestión 2021 estuvo llena de incertidumbres, tanto en los docentes y estudiantes, como en madres y padres de familia.

Según la normativa, el proceso de enseñanza–aprendizaje se desarrollará en la: Modalidad Presencial, que implica la presencia física de las y los estudiantes, personal docente y administrativo en la interacción y el desarrollo de las actividades curriculares. Modalidad Semipresencial, desarrolla las dos modalidades de atención presencial y a distancia, desarrollan las actividades en la unidad educativa y en su propio domicilio. Modalidad a distancia, las actividades se desarrollan con el apoyo de recursos y herramientas tecnológicas de información y comunicación.

Para la aplicación de cada modalidad de atención, se debe tomar en cuenta las disposiciones del Ministerio de Educación, previo informe epidemiológico emitido por las autoridades competentes del Ministerio de Salud y Deportes.

En esta gestión educativa las modalidades de atención serán desarrolladas de acuerdo con el informe epidemiológico; el director y la comunidad educativa definirán la modalidad, tomando en cuenta lo siguiente:

– Ante la inexistencia de casos positivos del covid-19, o cuando el riesgo de contagio sea mínimo, serán desarrolladas las actividades en la modalidad presencial, adecuando la infraestructura, mobiliario, número de estudiantes e informe epidemiológico.

– Cuando la curva de contagios del covid-19 comience a ascender y se presenten mayores restricciones emitidas por la autoridad competente de salud, la modalidad de atención educativa será semipresencial.

– Si la curva de contagios del covid-19 es alta, se trabajará con la modalidad de Educación a distancia.

En las ciudades o urbes, fácilmente podrán optar por alguna de las modalidades de atención, por tener a su alcance los medios tecnológicos; en las provincias, algunas comunidades si cuentan con el acceso a Internet, eso quiere decir que podrán elegir una de las modalidades de atención para desarrollar los procesos de enseñanza-aprendizaje; sin embargo, existen unidades educativas sin cobertura del internet, éstas desarrollarán sus actividades de manera presencial.

La realidad educativa de nuestro país es diversa, es donde vemos la importancia de una Resolución Ministerial, que dé los lineamientos generales para la Gestión Educativa 2022, que enmarque la planificación, organización, ejecución, acompañamiento y evaluación. Hoy contamos con la resolución Ministerial 01/2022, que despeja todo interrogante sobre los lineamientos para el desarrollo de la presente gestión. Sin embargo, algunas dificultades se presentan en el proceso educativo, es ese momento donde se ve la capacidad de resolución de problemas del Gestor educativo.

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