miércoles, septiembre 4, 2024
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Dos artículos dan pie a inhabilitación

A horas del tratamiento del reglamento de selección y designación del nuevo Defensor del Pueblo por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el senador por Comunidad Ciudadana (CC), Rodrigo Paz Pereira, observó que los artículos 8 y 15 de estas normativas pueden excluir candidaturas idóneas a simple denuncia por cuestiones políticas
Paz observó que los artículos referidos tienen la potestad de excluir a las candidaturas idóneas para el cargo de Defensor, mediante simples denuncias que busca afanes partidarios.
“En el artículo 8, inciso 13, habla de golpe de Estado, de facto, irrupción inconstitucional, una serie de acciones que, cuando después miras el artículo 15, inciso 3, cualquier persona o grupo te puede acusar simplemente con una foto. Un día estabas a lado, en 2019, en un encuentro de pititas como se los llama, te sacaron una foto y ya no eres candidato porque cuenta como prueba”, argumentó el parlamentario.
De la misma forma, el legislador de oposición invitó a la población y todas las personas interesadas en ser candidatos, a presentarse para el cargo.
Sostuvo que más allá de los resultados, hay gente que quiere y tiene la capacidad de defender al pueblo de los abusos del poder, por lo que “el Gobierno tiene que saber que el Defensor del Pueblo es para defender a los bolivianos de un Estado abusivo”, finalizó.

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