jueves, septiembre 5, 2024
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Si por política del MAS perdemos el Silala, Morales y Arce son traidores a la Patria

El Art. 124.I de la Constitución Política del Estado establece: “Comete delito de traición a la patria la boliviana o el boliviano que incurra en los siguientes hechos: 2. Que viole el régimen constitucional de recursos naturales. II. Este delito merecerá la máxima sanción penal”. El Art. 348.I expresa: “Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento”.
El 23 de septiembre de 1908 la prefectura de Potosí dio en concesión las aguas de los manantiales del Silala a la empresa The Antofagasta (chili) and Bolivia Railway Company Limited, para uso en la construcción del ferrocarril, que llevaría el agua y dejaría 1/3 para alguna necesidad. Pero llevaban agua y la comercializaban en territorio chileno, SIN AUTORIZACIÓN, para las empresas mineras, especialmente la de cobre de Chuquicamata que era nuestra, y ahora sostiene a Chile.
El 6 de junio de 2016 Chile demandó a Bolivia por las aguas del Silala, pide a la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, que determine que el Silala es un río de curso internacional y que Chile tiene derechos sobre los manantiales que están ubicados en el cantón Quetena Chico. Pero el caudal del Silala es bastante reducido (a la altura que cruza la frontera alcanza en promedio de 140 a 160 litros por segundo), por ello no califica como río internacional. Además, ha sido canalizado mediante obras menores, precisamente para aprovechar al máximo ese caudal, reduciendo la pérdida por infiltración. Un río no se canaliza.
Bolivia en su contrademanda informó que el Instituto Danés de Hidrología investigó las obras hidráulicas y mecanismos de drenaje instalados, construidos en 1908. Al no haber un flujo natural a Chile, pide declarar que “nuestro país tiene derecho soberano sobre las obras hidráulicas y los mecanismos de drenaje instalados en su territorio y, en consecuencia, tiene derecho a decidir si va conservarlas o retirarlas”. Pero es absurdo pedir a la Corte que confirme que las aguas interiores, en nuestro territorio, son propiedad de Bolivia.
“La Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de las Naciones Unidas, celebrará audiencias públicas en el caso a la Controversia sobre el Aprovechamiento de las Aguas del Silala el 1 al 14 de abril de 2022, en el Palacio de la Paz en La Haya, sede de la Corte, se dedicarán al caso: 1) “Chile pretende que la Corte Internacional de Justicia declare que el sistema del Río Silala, junto con las porciones subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario; 2) Bolivia pedirá en La Haya se haga justicia, y que Chile NO siga aprovechando de manera arbitraria, de manera ilegal, el uso del manantial de aguas del Silala, atentando contra el derecho internacional”.
El 1 abril, de 15:00 a 18:00, ronda de alegatos orales de Chile. El 4 de abril, de 15:00 a 18:00, ronda de alegatos orales de Bolivia, incluidas las reconvenciones. El 5 de abril, de 15:00 a 17:00, ronda de alegatos orales de Bolivia incluyendo reconvenciones. El 6 de abril, de 16:00 a 18:00, las observaciones de Chile a las reconvenciones de Bolivia. El 7 de abril, de 15:00 a 18:00, el interrogatorio de expertos (convocado por Chile). El 8 de abril, de 15:00 a 18:00, el interrogatorio de expertos (convocado por Bolivia). El 11 de abril, de 15:00 a 17:00, la segunda ronda de alegatos orales de Chile. El 13 de abril, de 15:00 a 18:00, segunda ronda de alegatos orales de Bolivia incluyendo reconvenciones. El 14, de 15:00 a 16:00, será réplica de Chile a las reconvenciones de Bolivia.
Para la defensa de nuestro recurso natural se debe llevar un equipo multidisciplinario de bolivianas(os) expertos en el tema Silala, informar el monto que se pagará a los extranjeros y bolivianos. Los acuíferos son arreicos (Cuenca arreica hidrográfica, cuyas aguas no desembocan en lagos ni en mares, pues se evaporan o se infiltran al suelo, desapareciendo del paisaje) y el flujo de agua hacia Chile es artificial. Chile al no ser país ribereño no tiene derecho. Bolivia debe pedir INSPECCIÓN en el lugar y peritaje.

La autora es abogada, ex Asambleísta Constituyente.

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