La Constitución Política del Estado establece en el Artículo 374.III que “Las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y otras son prioritarias para el Estado, que deberá garantizar su conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral; son inalienables, inembargables e imprescriptibles”. Incumpliendo lo que establece la Constitución, Morales y Choquehuanca negociaron y aceptaron que Chile pague el 50% por el uso de las aguas del Silala, con un preacuerdo en 2009 con el gobierno de Michelle Bachelet. La cláusula 16º de dicho convenio señala que en caso de que no se suscriba un acuerdo definitivo en 4 años, hasta 2013, tendrá carácter DEFINITIVO. Ese es uno de los puntos de la demanda chilena.
En 2009, el vicecanciller boliviano Hugo Fernández y su homólogo chileno, Alberto Van Klaveren, anunciaron en Santiago de Chile el nefasto acuerdo, que Chile aceptaría pagar por el uso del 50% de las aguas del “río Silala”, acuerdo que se hizo “sobre la base de que efectivamente se trata de aguas que ambos países puedan beneficiarse en el aprovechamiento”, precedente según el cual es un río internacional y reconoce que únicamente el 50% es de soberanía boliviana. Los firmantes son Morales y Choquehuanca con el gobierno de Bachelet.
El agua que aflora de los bofedales del Quetena –localizados en distintas alturas– no es suficiente para discurrir naturalmente por la superficie, pues no hay filtración ni flujo del terreno que genere curso descendiente del agua. Existen aguas inmovilizadas desde hace 10.000 años dentro de las cumbres, se trata de reservas de agua no renovables (a la altura en que cruza la frontera alcanza en promedio de 170 litros de agua por segundo, que son transportados desde hace 110 años). Por ello no influye para que el Silala sea calificado como río internacional. Tampoco lo hace el hecho de que en parte haya sido canalizado, mediante cal, piedra, tuberías y acequias, transportando el flujo, que puede llegar a los 600 litros por segundo, caudal que pertenece íntegramente a Bolivia. Esas aguas cruzan a Chile gracias que son colectadas y transportadas por un desvío artificial, mediante canalización realizada por la empresa Ferrocarril Antofagasta-Bolivian Railway, para sustraer y vender el recurso hídrico a todo el norte de Chile, a la empresa minera del cobre, Chuquicamata y a la población consumidora, con precio comercial. Sin tomar en cuenta que el Contrato de concesión de 1908 con la Prefectura de Potosí, para el uso de esas aguas, quedó sin efecto.
Las aguas de bofedales del Quetena son puras y limpias, afloran a 4.300 metros en la superficie (pradera de agua con vegetación), en terrenos de 15 hectáreas, exclusivamente en suelo boliviano. Aguas que solo se las puede utilizar una vez, por no contar con agua de recarga. Se agotarán completamente porque fueron canalizados 100 brotes de agua, que son colectados por medio de canaletas clandestinas, construidas con cal y piedra. Transportan el agua a un canal central, que haciendo un recorrido de 2.500 metros, se reúne con otro canal similar que lleva las aguas de otros manantiales que se hallan próximas a la frontera, DENTRO del territorio boliviano. De esta primera toma sale una cañería central de 12 pulgadas que cruza la frontera y se interna 10 kilómetros en territorio chileno, hasta una segunda toma, donde se almacena las aguas y son luego llevadas mediante cañerías distribuidoras, para surtir del preciado elemento a las poblaciones de Calama, Antofagasta, Mejillones y Tocopilla, y principalmente a la mina de cobre de Chuquicamata, que era nuestra.
Bolivia debía incluir en los alegatos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el tema del cobro de la deuda histórica, porque en 1908 la condición era que el agua se use solo para el suministro de locomotoras a vapor. Pero las máquinas dejaron de operar en los años 50. Han pasado 114 años de uso del agua por Chile y debemos cobrar por ello, porque Bolivia es dueña del 100% de esas aguas, y si el fallo es negativo para nuestro país, afectará la soberanía del 50% de agua. Por tanto, se debe establecer responsabilidades por TRAICIÓN A LA PATRIA por entregar agua dulce a Chile. Además, Morales impulsó en la ONU la declaratoria de que acceder al agua dulce es un derecho humano, lo que es favorable a Chile.
Angélica Siles Parrado es Economista, Abogada, ex Asambleísta Constituyente.