viernes, septiembre 27, 2024
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Sindicato y sindicalización de los trabajadores

Leemos en Manual del Sindicalismo (1984: p.22) que sindicato: “Es una organización que agrupa a los trabajadores de un centro, empresa, industria u oficio, que sirve (como) instrumento de lucha, fundamentalmente para defender las conquistas logradas en jornadas de (movilizaciones), formalizados en leyes o convenios colectivos para alcanzar mejores condiciones de vida, trabajo y aumento salarial”. La Constitución Política del Estado en su Art. 51.I.II establece: “Todos los trabajadores tienen derecho a organizarse en sindicatos de acuerdo con la Ley; respetando principios sindicales de unidad, democracia, pluralismo político, autosostenimiento, solidaridad e internacionalismo”.
La sindicalización es un derecho consagrado en la norma madre, y el parágrafo III del artículo arriba citado expresa: “El Estado reconoce y garantiza la sindicalización como medio de defensa, representación, asistencia, educación y cultura de los trabajadores del campo y de la ciudad”. Además, afirma respetar la independencia ideológica y organizativa de los sindicatos. Surgen varios cuestionamientos de reflexión para trabajadores y empleadores: ¿dentro de los sindicatos se respeta el principio de independencia sindical? ¿En los sindicatos hay pluralismo ideológico, libertad de pensamiento?, etc.
Lo que no se cumple a cabalidad es el respeto al principio de “independencia ideológica” y “organización de los sindicatos”; porque actualmente los dirigentes máximos de las Federaciones y Confederaciones de los Trabajadores de diversos gremios fueron cooptados, alineados y corrompidos, bajo consigna de “movimientos sociales”, por los intereses políticos del partido en función ejecutiva. A pesar de tener los “sindicatos” su personalidad jurídica, por el solo hecho de organizarse y tener reconocimiento de la Central Obrera Boliviana (COB), éstos responden políticamente al gobierno de turno, por eso no observamos luchas contundentes como en la década de 1980-1990.
Y cuando los dirigentes se “someten obedientemente” al patrón empresario, industrial o Estado, no hay defensa real de los trabajadores en sus reivindicaciones, derechos y demandas básicas de vida digna, empleo salubre, mejor salario, seguro social, educación, alimentación, abrigo, techo y transporte. Aquí radica la importancia de elegir líderes con convicción sindical, compromiso de defensa de los intereses de los trabajadores de base, valor ético de servicio al prójimo. En caso contrario, continuarán las injusticias laborales y vulneración de los derechos de los trabajadores, tanto en las entidades públicas como privadas.
Al concluir, indicamos que, para evitar injusticias y vulneración de los derechos laborales de los trabajadores, es fundamental contar con dirigentes natos, auténticos y leales que demuestren liderazgo, seguridad en el manejo del discurso, poder de convencimiento, diálogo y capacidad para organizar a los trabajadores en sindicatos. Porque ellos/as, según artículo 51.VI de la Constitución: “gozan del fuero sindical, motivo por el que no pueden sufrir despido de su trabajo, hasta un año después de la finalización de su gestión y no pueden disminuir sus derechos sociales (bonos, subsidios), ni serán sometidos a persecución ni privación de libertad por actos realizados en el cumplimiento de su labor sindical”. Entonces, sindicalizados todos los trabajadores a un gremio, podemos defender y hacer respetar nuestros intereses laborales.

raulalberto1911@gmail.com

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