miércoles, noviembre 27, 2024
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Promulgan ley que facilita pago de las obligaciones tributarias

El plazo de “arrepentimiento eficaz” fue ampliado de 10 a 20 días y se redujo la sanción de omisión de pago de 100% a 60% con la promulgación de la ley que modificó el Código Tributario en beneficio del contribuyente. Quienes dejaron de cumplir con un plan de pago podrán ahora retomarlo en las mismas condiciones iniciales, pero también existe susceptibilidad en las fiscalizaciones que realizará la entidad recaudadora.

Diputados de la oposición observaron el proyecto que no fue modificado ni en diputado ni en senadores, debido al poco conocimiento de los asambleístas, demás que son del partido de gobierno.

En su momento explicaron que el perdonazo, a través de la fiscalización, llegará a los gremialistas, y éstos deberán pagar impuestos por la compra de mercadería a empresas grandes.

La falta de recursos ha obligado a las autoridades a impulsar un nuevo perdonazo para aumentar las recaudaciones, a pesar de que el presidente del Servicio de Impuestos nacionales (SIN), Mario Cazón, hace unas semanas atrás destacaba el incremento de los tributos en comparación a la pasada gestión.

Ley

El Gobierno promulgó, el pasado lunes 25 de julio, la Ley N° 1448 que tiene el objetivo de contribuir a la reconstrucción económica, facilitando el cumplimiento de obligaciones tributarias con la modificación de las leyes N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y N° 843 (Texto Ordenado vigente); además de la reactivación de facilidades de pago caídas.

Con la norma recientemente promulgada se amplía el plazo del arrepentimiento eficaz de 10 a 20 días para que el contribuyente pueda regularizar su situación sin multas en ese periodo de tiempo, en el que también podrá acogerse a un plan de pagos para saldar sus deudas pendientes con el Estado.

De igual forma, se establece una reducción de la sanción por omisión de pago del 100% al 60% del tributo omitido, medida que será aplicada de forma retroactiva en tanto sea más beneficiosa para el contribuyente.

Sin embargo, la oposición sostiene que el contribuyente no pagará multas, pero la actualización de su deuda será mayor a la que tenía que pagar, pues la misma se realiza en base a la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFVs).

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