jueves, septiembre 5, 2024
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Al menos cuatro normas respaldan denuncia de Copa

Las leyes 348, 243, 045, además de la Constitución Política del Estado (CPE) respaldan la denuncia de la alcaldesa de El Alto, Eva Copa, contra el viceministro de Coordinación Gubernamental, Gustavo Torrico. La abogada Mónica Baya, manifestó a EL DIARIO que este hecho es una muestra de que en el país la violencia contra las mujeres está naturalizada.
“Lo reprochable de esa declaración (…) es una señal de lo normalizado, naturalizado que resulta este tipo de declaraciones de parte de una autoridad pero también de comentarios que naturalizan la discriminación y la violencia hacia las mujeres (…) es una expresión sumamente machista”, dijo Baya.
Apuntó que se debe desterrar todas esas expresiones machistas, sexistas y discriminatorias que alientan y generan la violencia.
“Eso nos debería preocupar en un contexto en el que estamos viendo que los casos de violencia contra las mujeres no disminuye. Indiscutiblemente existe una doble responsabilidad en las autoridades porque, sin pretender que sean un ejemplo, no se puede evitar que sus declaraciones pueden alentar situaciones de violencia o justificarlas”, advirtió.

NORMAS
Respecto a las normas que respaldan a Copa, apuntó que “inicialmente la protege la Ley 045 (Ley Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación) que incluye la discriminación por razón de género, y las declaraciones que ha realizado el viceministro Torrico tienen un contenido discriminatorio, por la terminología que utiliza al calificarla como loca, con una suerte de menosprecio por su logro de haber llegado a la Alcaldía”.
Asimismo dijo que por el cargo de Eva Copa hay un componente de violencia política, por lo que el Ministerio Público tendrá que configurar el delito.
Una de las finalidades de la Ley 243 (Ley Contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres) es: “Eliminar actos, conductas y manifestaciones individuales o colectivas de acoso y violencia política que afecten directa o indirectamente a las mujeres en el ejercicio de funciones político–públicas”.
La Ley 348 (Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia) prevé sanciones por violencia política a la que define como: “Son acciones, conductas o agresiones físicas, psicológicas, sexuales cometidas por una persona o grupo de personas en contra de las mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político–pública (…)”

EVA COPA, ALCALDESA DE EL ALTO.
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