miércoles, septiembre 4, 2024
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Seguridad Ciudadana y resguardo policial

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), define la Seguridad Ciudadana como “la condición personal, objetiva y subjetiva, de encontrarse libre de violencia o amenaza de violencia o despojo intencional por parte de otros”. En Bolivia el tema de Seguridad Ciudadana adquirió trascendencia debido al aumento de las experiencias personales y familiares, de victimización (objetiva y subjetiva), referida a hechos cotidianos de violencia, pandillas juveniles, atentados contra la vida humana, el patrimonio y otras prácticas delictivas, como asaltos, atracos, secuestros, extorsión y actos contra la libertad sexual. Los cuales han ido afectando la calidad de vida de la población, causando en muchos casos angustia en barrios, ciudades, etc.
Hoy cualquier persona puede ser atracada, más aún si vive en zona periférica. Por tanto, la ciudadanía teme que ocurra alguna desgracia en la familia, por la inseguridad que es un problema social.
En ese contexto, la Seguridad Ciudadana y el resguardo policial es una tema prioritario para un Estado, ya que afecta las condiciones sociales de sus habitantes. En ese sentido, las políticas y estrategias a ser diseñadas podrán aminorar la frecuencia con que son cometidos los delitos. Al mismo tiempo lograrán respeto a los derechos humanos y la seguridad de las personas. En efecto, como se trata de disminuir la inseguridad ciudadana, se debe considerar que ésta tiene dos dimensiones básicas: la inseguridad objetiva (tasa delictiva efectiva o real) y la inseguridad subjetiva (sensación de temor experimentada por la ciudadanía respecto a ser víctima de un delito).
Tal problemática tiene estrecha relación con el fenómeno social y jurídico de la delincuencia, por lo que la Seguridad Ciudadana es una competencia concurrente y un conflicto latente.
La Policía Boliviana, como institución especializada, lleva adelante la lucha contra el delito, además cumple un rol importante en la Seguridad Ciudadana y resguardo. Está regida por la Ley No. 734 (Ley Orgánica de la Policía Nacional) y las funciones que ésta debe cumplir figuran en el Art. 1, que señala: “La Policía Nacional es una institución fundamental del Estado que cumple las funciones de carácter público, esencialmente preventivas y de auxilio, fundada en los valores sociales de seguridad y paz, justicia y preservación del ordenamiento jurídico que, en forma regular y continuo, asegura el normal desenvolvimiento de todas las actividades de la sociedad, tiene a su cargo la totalidad de la actividad policial”.
La Ley No. 264 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una vida segura” establece el Modelo de Policía Comunitaria, cuyo objeto es interactuar permanentemente con la vecindad, comunidad y las organizaciones vecinales, bajo lineamientos importantes. Es una faceta más del servicio policial, que permite conceptualizar y atacar las causas del delito o, al menos, sus condiciones subyacentes. Sobresale como expresión «novedosa» en la forma de encarar la inseguridad ciudadana, a través de la relación policía-sociedad, experiencia que va dando resultados en distintas ciudades de América Latina.
La inseguridad ciudadana no disminuye o desaparece solo por la presencia de policías en cada cuadra. Muchas tareas de prevención, resguardo y uso de mecanismos tecnológicos requieren la elaboración de políticas públicas, por parte de municipios y gobernaciones. Para aplicar los planes se demanda la responsabilidad de las entidades nacionales, locales y regionales, en caso contrario, la sociedad estaría desprovista de acciones por parte de las autoridades de turno.

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