viernes, septiembre 27, 2024
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Por unanimidad, Concejo edil abroga Ordenanza Municipal 046

El Concejo Municipal de La Paz, en Sesión Extraordinaria, abrogó por unanimidad la Ordenanza Municipal 046/2022 de “Ajuste Normativo de Actualización por Crecimiento y Densificación para la Administración Territorial”, relacionada a construcciones de hasta 40 pisos en 10 zonas de la ciudad de La Paz.
“Queda entonces aprobada la abrogación de la Ordenanza 046 por unanimidad”, señalo la presidenta del Concejo, Yelka Maric, tras realizarse la votación.
En la sesión estuvieron presentes diez concejales y todos aprobaron dejar sin efecto la polémica norma.
Los asistentes fueron: Yelka Maric, Oscar Sogliano, Lourdes Chambilla, Lucía Mamani, Lucio Quispe, Jorge Dulón, Javier Escalier, Joselinne Pinto, Roxana Pérez Del Castillo y Eliana Paco. EL concejal, Pierre Chaín, no estuvo presente porque tenía un permiso por motivos de salud.
Son tres los artículos que se aprobaron por unanimidad dentro del proyecto de abrogación de la ordenanza municipal 046 con todas las observaciones y modificaciones realizadas.
PRIMERO: “Abroga la ordenanza 046 que aprueba la modificación de las ordenanzas previas”
SEGUNDO: “El órgano ejecutivo municipal, a través de la Secretaría Municipal de Gestión Integral de Riesgos en coordinación con las unidades organizacionales pertinentes, queda encargado de iniciar las gestiones administrativas y operativas inherentes a la actualización del mapa de riesgos de los distritos urbanos del municipio de La Paz cuyo documento técnico constituirá parte integral de la planificación estratégica y de ordenamiento territorial del municipio de La Paz, para dicho efecto podrá coordinar con el Colegio de Arquitectos, la Sociedad de Ingenieros, la Universidad Mayor de San Andrés, entes colegiados e instancias representativas que deben ser parte en el proceso de actualización del documento técnico citado en la presente disposición, proyecto que deberá ser presentado al Concejo Municipal de La Paz en el término máximo de 3 meses computables a partir de la publicación de la presente ordenanza municipal”.
TERCERO: “El órgano ejecutivo municipal de La Paz deberá prever los recursos necesarios para efectivizar la realización de este proceso de sociabilización que será llevado a cabo por el Concejo Municipal de La Paz y de acuerdo al requerimiento económico de la instancia legislativa”.

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