Hoy el poder (órgano) legislativo es protagonista porque se encuentra entre la gobernabilidad legislativa, la autorización de créditos y las elecciones judiciales.
Dice nuestra CPE que el Poder Legislativo se organiza a través de los órganos: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral; y que existen siempre y cuando sean: independientes, separados entre sí, coordinen y se cooperen entre órganos (Art.12). Como se advierte, no existe una jerarquía de poderes, sin embargo por la prelación descriptiva uno puede advertir que en concordancia además con el Art.7 al residir la soberanía en el pueblo boliviano que es inalienable e imprescriptible y ésta se ejerce de forma directa y delegada mediante sus representantes (diputados y senadores) para que de ella emanen, por delegación, sus funciones y atribuciones los órganos del poder público; entonces la Asamblea Legislativa Plurinacional se constituye en el primer poder en Bolivia.
Se fueron de vacaciones y los créditos ya fueron postergados hasta que vuelvan los legisladores de su venerable descanso. Esa ALP tiene tres partidos políticos y siete fracciones. Comunidad Ciudadana (CC) está dividida en dos: el bloque antimasista y librepensantes (los que votaron en contra de la censura a un ministro de Estado y aprobaron la ‘ley del oro’ y el bloque antimasista), CREEMOS; tiene tres: camachistas, anticamachistas y ucesistas, y el MAS; quebrado en dos bloques radicales del Arcismo y Evismo.
Más allá de la dogmática, la realidad política, la correlación de fuerzas y las fracciones legislativas le hacen ver al Ejecutivo la necesidad de gobernar de la mano del Legislativo. Otrora tiempo de los 2/3 del MAS, el Ejecutivo no tenía impedimento para gobernar, pero ahora se iniciará un periodo de Ingobernabilidad Legislativa que tendrá su “freno político” luego del congreso del MAS en Lauca Ñ. Mientras el afronte baje de tono, el tiempo pasará y tienen como máximo 50 días, hasta el 4 de septiembre, para preseleccionar postulantes de ser notificados por el TCP para reanudar ese proceso.
Son 96 nombres que deben tener un acuerdo político de 2/3 constitucionales, si no se ponen de acuerdo en un nombre para elegir titular en la Contraloría, o que la oposición se vaya a otro churrasco a Santa Cruz; no existen posibilidades de que existan elecciones judiciales en Bolivia y el único camino será el Decretazo presidencial para la designación de la cúpula judicial en nuestro país.
Ahora bien, ¿quiénes serán los designados?, los que estén en la lista de postulantes una vez reanuden el proceso de calificación de méritos y se nos dirá que eligieron de “entre los mejores”. La estocada final para que agonice un órgano del Estado funcional al poder político.
El autor es Abogado y Periodista.