Les guste o no al Movimiento al Socialismo (MAS), Jeanine Añez fue presidenta constitucional y el fallo de la justicia ordinaria que se declara incompetente para juzgarla y ordena que se vaya a un juicio de responsabilidades conforme la Ley N° 044, tiene consecuencias jurídicas a futuro para el Estado Boliviano, manifestaron abogados consultados por EL DIARIO.
El lunes se conoció que un tribunal de El Alto rechazó el pedido de la Fiscalía para enjuiciar a la expresidenta Jeanine Añez por su presunta responsabilidad en la muerte de 10 personas en la represión de las protestas de 2019, en Senkata.
El abogado Luis Guillén que patrocina a la expresidenta dijo que al negar el pedido de la Fiscalía -que pedía para una pena de 30 años para Añez- el juzgado penal ordinario de la ciudad de El Alto reconoce el fuero de la exmandataria.
Por otro lado, el fiscal departamental de La Paz, William Alave, calificó como “aberrante” y “maliciosa” la decisión del Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, de declinar el enjuiciamiento a Añez y anunció que apelará la misma.
“Es una sentencia totalmente aberrante. Una sentencia totalmente carente de un análisis jurídico y valorativo, primero de la norma procesal y segundo de los antecedentes”, dijo Alave.
El fiscal Alave aseveró que estos jueces del tribunal “desconocen totalmente nuestra normativa nacional”. Dijo que sólo debieron admitir el caso, porque el tema de la jurisdicción ya fue resuelto por el juez cautelar Marco Amaru y ratificado en apelación.
“El anterior viernes, ellos recién estaban asumiendo conocimiento de esto y 48 horas, en el sábado y el domingo, sorpresivamente emiten esta resolución para sacarlo el día de hoy lunes. Eso nos muestra la maliciosidad que ha existido en este caso”, criticó el fiscal.
El abogado Williams Bascopé recordó que Jeanine Añez fue prorrogada en su mandato mediante la Ley N° 1270 y que fue llevada en consulta ante el Tribunal Constitucional y éste emitió la Sentencia Constitucional 01/2020, que declaró que es constitucional dicha ley y se puede prorrogar el mandato de la presidenta y varias autoridades.
“Todo esto se hizo con los dos tercios en el parlamento del MAS. Esto significa que el juicio inventado y la sentencia condenatoria del caso golpe de Estado, no tiene argumentos jurídicos que lo sostengan, en consecuencia dicho fallo se cae de por sí y debe declararse la nulidad conforme a procedimiento”, afirmó Bascopé.
En esa línea aseveró que la expresidenta debe salir libre en respeto a los Derechos Humanos y los artículos 113, 114, 115, 116, 117, 119, 120 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
En esa misma línea, el abogado Jorge Santistevan manifestó que la declinatoria del juzgado de El Alto da pie a que los patrocinadores de la expresidenta se amparen en el rechazo de ese Tribunal para que puedan aplicar en los otros procesos que enfrenta Añez.
“Si bien hay una apelación, con toda seguridad, por la presión van a mover a la gente, sindicatos, familiares de Senkata, etc. Los van a obligar, a manera de una actitud de coacción, a los jueces para que revoquen esa medida”, advirtió.
CONSECUENCIAS
En criterio de Santistevan, la declinatoria del tribunal de El Alto tendrá dos consecuencias porque seguramente la parte política presionará para que se revierta esa situación y Añez termine siendo procesada en la vía ordinaria.
“El juez estará sujeto a una demanda por prevaricato, porque obviamente la sentencia que venga será contraria, pero a nivel internacional el Estado estará sujeto a demandas. En lo interno y en lo internacional, la justicia va a accionar en contra de quien están involucrados en esta anomalía legal. La responsabilidad será tanto para los actores intelectuales como los autores materiales, en este caso jueces y fiscales”, sostuvo.
PROCESO CONTRA JUEZ AMARU
En enero de 2023, el presidente del Colegio de Abogados de Bolivia, Julio Egüez, anunció que procesará, en la vía ética, al juez Marco Antonio Amaru, por vulnerar la Constitución Política del Estado (CPE), al declararse competente para juzgar a la expresidenta Jeanine Añez, por el caso Senkata, que ya estaba radicado en la Asamblea Legislativa para un juicio de responsabilidades.
En la oportunidad, en entrevista con Erbol, Egüez recordó que la CPE prevé que el juzgamiento de un Presidente por delitos cometidos en el ejercicio del cargo se realiza en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), previa autorización de dos tercios de la Asamblea Legislativa a requerimiento de la Fiscalía General del Estado.
El 24 de enero de 2023, el juez Marco Antonio Amaru Flores, procesado por favorecer a un feminicida y un asesino, se declaró competente para procesar a la expresidenta Jeanine Añez en la vía ordinaria por el caso denominado Senkata, ocurrido en 2019, dejando de lado el juicio de responsabilidades derivado a la Asamblea Legislativa, en 2021.
En agosto de 2021, el fiscal general, Juan Lanchipa, explicó que el Ministerio Público presentó ante el TSJ un requerimiento acusatorio en contra de Añez por las muertes ocurridas en Sacaba (Cochabamba) y Senkata (El Alto), en la crisis política y social de 2019.
El caso Senkata se remonta al 19 de noviembre de 2019, cuando un operativo militar y policial desbloqueó el paso de combustibles desde la planta ubicada en esa zona y que causó la muerte de 10 personas y varias heridas.
GOBIERNO
En la oportunidad, el ministro de Justicia, Iván Lima, calificó de “hecho histórico” la decisión del juez cautelar de El Alto, Marco Antonio Amaru, de declararse competente para procesar a la expresidenta Jeanine Añez y calculó que el juicio oral se instalará máximo en tres meses.
“Lo que ha ocurrido ayer (martes) me parece que es un hecho histórico. La justicia boliviana, a través del juez primero cautelar penal de El Alto, ha determinado que es competente para conocer el caso de la masacre de Senkata con relación a la exsenadora Añez y ha notificado al Tribunal Supremo para que le remita todos los antecedentes del proceso del juicio de responsabilidades que se tramitaba ante la Asamblea Legislativa”, aseveró Lima en la oportunidad.
EL JUEZ
El juez Amaru fue aprehendido y presentado a los medios de comunicación, después de ser imputado por favorecer, de forma irregular, a presuntos autores de feminicidio y asesinato para que logren su libertad.
En el primer caso, registrado a mediados de marzo de 2022, la Policía aprehendió a Amaru y lo exhibió en una conferencia de prensa en instalaciones del Comando General.
El juez fue presentado con las manos enmanilladas en la espalda y un chaleco con la inscripción “aprehendido”.
Entonces, la Policía informó que el juez Amaru había favorecido a un presunto feminicida en una Acción de Libertad, utilizando como argumento documentos fraguados mediante los cuales se alegaba que el recluso tenía cáncer.
A pesar de la denuncia, otro juez cuestionado, René Foronda, determinó que Amaru se defienda con detención domiciliaria y salidas laborales.
Resulta que el juez Foronda, que otorgó la detención domiciliaria de Amaru, fue el mismo que, poco antes, había sido denunciado por llevar adelante una audiencia virtual en estado de ebriedad.
Dos meses después, a mediados de mayo, el juez Amaru otra vez fue aprehendido por un caso en que habría favorecido irregularmente a un presunto autor de asesinato, también a través de una Acción de Libertad.
A pesar de ser su segunda aprehensión del año, Amaru fue dejado en libertad por su colega el juez Edwin Blanco, el mismo que enfrenta un juicio por haber encarcelado sin pruebas al médico Jhiery Fernández por el caso bebé Alexander cuando era fiscal.