viernes, julio 26, 2024
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Crónica de un sacrilegio anunciado

Nada, pero absolutamente nada, puede en derecho justificar la declaración del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), aunque en un sistema judicial tan precario como el nuestro no sorprenda una prórroga, primero de su propio ejercicio, que debió concluir en unos días más, del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y del Tribunal Agroambiental, luego.
Ya me cansé de proclamar la metida de pata de los constituyentes que dieron vigencia a la Constitución de 2009, principalmente en lo que respecta a la vía de elección de los magistrados de las altas cortes de justicia. El apoyo ciudadano expresado en las ridículas cifras de votación que cada uno obtuvo, ha dejado claro que la inmensa mayoría de los electores desaprueba la inverosímil forma de elegir cargos tan importantes. Pero que a mí me desagrade por ir contra toda lógica constitucional, no significa que ni yo ni nadie tenga que infringirla cuando se le dé la gana.
Empero, ante la falta de voluntad política, la desidia legislativa y el interés del masismo en que las nuevas autoridades del TSJ y del TCP principalmente, continúen al servicio de sus intereses políticos, ya se veía venir un yerro del volumen incurrido por el máximo tribunal de justicia constitucional, que no tiene atribución para hollar las prescripciones contenidas en los Arts. 182-I, 183, 187 188-III y otros de la Carta Magna, cuya observancia es imperativa y no potestativa respecto al sufragio universal por el que deben ser designadas autoridades de ese nivel y el tiempo de sus mandatos.
Los corrillos previos a esa desafortunada decisión del TCP sobre consensos para elegir magistrados mediante sorteo; de personalidades del ámbito; de manera interina, o por decretazo, ya eran fórmulas sin asidero legal. Demás está decir, entonces, que constitucionalmente no hay posibilidad jurídica de prorrogarles en sus funciones ni por un día, aun si en ello (que no es el caso) mediara unanimidad de todos los involucrados en el asunto. Los consensos en política son absolutamente lícitos porque destraban los conflictos que la ideología antepone al interés colectivo. Pero cuando se trata de temas que tienen que ver con el máximo cuerpo normativo del Estado, si algún órgano que lo conforma tiene obligación de conocer, aplicar y velar por el cumplimiento de la Constitución, es precisamente el que una vez más se ha encargado de sepultar cualquier resquicio de justicia que los sometidos a su jurisdicción pudieran haber esperado.
De esta manera, a partir del 2 de enero de 2024 se manifestará el más artero golpe a la democracia al dejar al país con unos magistrados de cualquier manera ilegales y, por tanto, susceptibles de que todos sus actos estén viciados de nulidad absoluta, al no emanar su ejercicio de lo que la Constitución expresamente dispone, exponiéndose a la posibilidad cierta y recomendable de instaurárseles juicios de responsabilidades a los autores de la afrenta a la democracia y a todos los asambleístas responsables de la no preselección oportuna de candidatos a esos cargos jerárquicos.
Dejar un solo día al país sin autoridades judiciales habría sido escandaloso, pero prorrogarles sin sustento jurídico a quienes deben cesar automáticamente en sus funciones el 31 de este mes, no es una minoración de la desvergüenza de marras, y en ese entendido no puede menos que indignar que la senadora Silvia Salame, en una entrevista televisiva previa a la decisión del TCP, haya manifestado que, de producirse un vacío en la administración de justicia, lo único que se perjudicaría son los recursos de casación, cuyo conocimiento es la única atribución del TSJ. ¿La actual asambleísta no conoce el texto del Art. 184 de la CPE, que hace una relación de todas las atribuciones que son exclusivas de ese cuerpo colegiado? Más preocupante todavía es la opinión del presidente de este órgano, que, una vez conocida la peregrina resolución del TCP, dijo que, ante el incumplimiento de la preselección de candidatos, la única instancia con facultades para designar magistrados o prorrogar el ejercicio de los actuales es justamente la máxima instancia constitucional. ¿Dónde leyó aquello?

Augusto Vera Riveros es jurista y escritor.

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