Sabemos que nuestro sistema judicial es cuestionado y calificado de ser una justicia podrida, y así lo reconocieron los ex mandatarios del Órgano Ejecutivo, quienes revelaron esta situación embarazosa de la administración de justicia, y como solución enunciaron designios de “Reforma Judicial”, que al presente quedó truncada. Por otra parte, la falta de independencia práctica del Órgano Judicial y el fracaso del proceso de la Elección Judicial, son escollos insuperables que están llevando a zozobrar la justicia. Y Dios permita al Órgano Judicial salir de esta encrucijada de humillación y de vergüenza.
En este contexto, asombró al país que labores judiciales de la gestión 2024, se inicien en sesión privada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), carentes de acto protocolar y público, cuando todos los años por tradición el Órgano Judicial solía iniciar sus labores el primer día hábil del año en Sucre, como capital de Bolivia. “La Inauguración del Año Judicial”, tenía presencia del Presidente constitucional, principales autoridades de los Órganos Ejecutivo y Legislativo, además del Regimiento de Infantería Sucre 2, escolta del Órgano Judicial.
Así también aguardaba el pueblo boliviano de quien emana la potestad de impartir justicia, y que se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos, conforme lo establece el Art. 178 – I de CPE.
El Órgano Legislativo como es de su incumbencia, pese al esfuerzo estéril, no logró resolver, y solo se puede distinguir el fracaso total del proceso de “Elección Judicial” que debió realizarse en forma inexcusable y obligatoria en el año 2023, pero desgraciadamente culminó en una gestión legislativa sin frutos.
Como consecuencia de las incoherencias y diferencias, no se pudo verificar la inauguración del año judicial, ni la posesión de las nuevas autoridades judiciales electas mediante sufragio universal, para conformar el Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, antes del cumplimiento de su periodo de mandato por seis años, conforme lo establecen los Arts. 158 Núm. 5, 182 – I y 183 de la CPE.
Entonces, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), para la continuidad del desempeño de sus funciones, recurrió al nuevo orden de la implementación de la “auto prórroga de los magistrados”, disponiendo el fallo constitucional 049/2023, mismo que fue considerado inconstitucional por los sectores sociales y partidos políticos, y la comisión del delito de usurpación de funciones, previsto en el Art. 163 del Código Penal.
En observancia de los principios de inmediatez y celeridad en la emisión de resoluciones, la función judicial no puede ser interrumpida, es continua e ininterrumpible, el cierre y/o suspensión causaría un perjuicio total a los litigantes y al pueblo boliviano que clama una justicia oportuna.
Entonces, los servidores judiciales no pueden abandonar su función y/o cargo público hasta que existan otras personas idóneas con ética y moral, electos, para reemplazar a los cesantes, lo que está consagrado en el Art. 44 del Estatuto del Funcionario Público, y Art. 156 del Código Penal. Entre tanto, los magistrados deberían permanecer bajo el régimen de interinidad transitoria.
Por tanto, los magistrados en el desempeño de sus funciones se restrinjan en la aplicación empírica de la ley, todo fallo será deficiente. Pero cuando su decisión está inspirada en ciencias jurídicas, en la interpretación verdadera del espíritu de la ley, en la doctrina legal y jurisprudencia, es difícil que no llegue a deducciones lógicas y legítimas que disipen sus incertidumbres. Será indisculpable por arbitrario, violentar la letra de la ley, atribuyéndoles un sentido contradictorio.
Al respecto, Hans Kelsen sustenta que la justicia, “es la justicia de la Libertad, la justicia de la Paz, la justicia de la Democracia, la justicia de la Tolerancia”.
Del mismo modo, el ilustre jurisconsulto Dr. Pantaleón Dalence Jiménez, reconocido como Padre de la judicatura boliviana, que administró la justicia con el más fiel apego a la ley, en sus discursos pronunciados en ocasión de la solemne inauguración del año judicial, recordaba el aforismo: “el que falsea la verdad ofende a la moral y a la ley”.
Los valores de rectitud en el obrar, en estricto apego a la ley, sin falsear la verdad, fueron inculcados por el eminente prof. Carlos Arce Gonzales (+), mismos que no han perdido su valor y poseen la misma vigencia para el ejercicio de sus augustos deberes.
Entonces, el pueblo boliviano espera saludables efectos de la actividad legislativa y clama: ¡ojalá los Legisladores del presente año se penetren de esta verdad! ¡Basta de dejadez y negligencia!
El autor es Abogado.