martes, agosto 27, 2024
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La incertidumbre sobre las futuras elecciones judiciales

Juan Orlando Ríos Luna

Dispuesta la prórroga de funciones de las máximas autoridades del Órgano Judicial por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a través de la DCP 0049/2023; estos órganos deben continuar en sus funciones a partir del 3 de enero del presente año, cumpliendo precisamente la decisión constitucional, por cuanto por su carácter de vinculante de es cumplimiento obligatorio (Art. 203 CPE). Sin embargo, existe oposición de los diferentes sectores de la población a esta decisión constitucional, quienes señalan que la prórroga es inconstitucional, ya que el mandato que recibieron de la población es de 6 años y justamente concluyó el 2 de enero. El problema se ahonda, por cuanto las diferentes instancias del Órgano Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura), incluido el propio TCP, empezaron a emitir resoluciones y en algún caso designación de autoridades y con el anteceden referido se corre el riesgo de que todas estas actuaciones se encuentren viciadas de nulidad por previsión del Art. 122 de la Constitución Política del Estado.

La decisión asumida por el TCP, causó malestar en la población; manifestando su desacuerdo con la prórroga desde diferentes ópticas. Y estas manifestaciones hicieron que también se pronuncien en el ambiente político los parlamentarios de diferentes sectores. Un grupo de asambleístas pregona que, ante el vacío de poder (Órgano Judicial), es legal la prórroga de funciones de las autoridades electas hace más de 6 años, que justamente culminaron su mandato el pasado 3 de enero y que el TCP obró correctamente. El otro sector que rechaza la decisión del TCP, señala que es inconstitucional, por cuanto las funciones de las máximas autoridades del Órgano Judicial son de 6 años, como prevé el Art. 183 de la norma constitucional y no existe la posibilidad de interpretación sobre este periodo de funciones. Por consiguiente, la decisión de la prórroga es inconstitucional e incluso llegaron a señalar que se habría cometido el delito de prevaricato.

Ante estos hechos que desde ya son de preocupación, la Cámara de Diputados cumpliendo con la DCP 00049/2023, presentó el proyecto de ley de elecciones de las máximas autoridades del Órgano Judicial. Este proyecto, si bien se elaboró con las mejores intenciones para cumplir su cometido, requiere cumplir con el procedimiento legislativo para su remisión a la Cámara de Senadores y en esta instancia legislativa también deberá con el procedimiento legislativo para su sanción y posterior promulgación por el Órgano Ejecutivo como ley. La aprobación de este proyecto de ley requiere de voluntad política y desprendimiento de intereses sectarios y creo que no podrá cumplirse con esta última parte, “voluntad política”, lo que incidirá que las elecciones judiciales se prolonguen por un tiempo indefinido. Y pareciera que el TCP hizo un cálculo exacto al señalar que la prórroga es hasta la posesión de las autoridades electas.

Las elecciones judiciales en el país, previstas en las CPE, debieron realizarse el pasado año; lamentablemente no fue así por decisión del poder político, la responsabilidad recae en los Órganos del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial). Fueron ellos quienes, a título de impulsar este plebiscito electoral, actuaron por el fracaso con actuaciones de interés sectario. En la Asamblea Legislativa en todo el tiempo en que se trató el tema nunca hubo acuerdos; especialmente en la Cámara de Diputados, no así en la Cámara de Senadores.

El Órgano Ejecutivo mostro su intromisión en el tema direccionando el proceso que, obviamente, fue ejecutado en el Legislativo. La actuación del Órgano Judicial, fue lapidaria, ya que la interposición de recursos constitucionales consumió el tiempo de tratamiento electoral. Y fue el Tribunal Constitucional Plurinacional que emitió su fallo el último día hábil del pasado año y dejar sin tiempo para ningún otro trámite.

La realización de las elecciones judiciales está a cargo del Órgano Legislativo (Senadores y Diputados), quienes deben consensuar de manera inmediata la Ley y el Reglamento para su ejecución, de lo contrario estamos en una situación de INCERTIDUMBRE para la elección de autoridades y la administración de justicia, que causan perjuicios de consideración al Estado Boliviano.

 

El autor es Abogado y Docente Universitario.

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