Ante el incremento de casos de covid-19 en todo el territorio nacional, es inminente el resurgimiento de la implementación de mecanismos, estrategias y protocolos de bioseguridad en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio, a fin de garantizar a estudiantes y maestros el retorno seguro a las actividades educativas, a partir del venidero lunes 5 de febrero.
Al respecto, el ministro de Educación, Edgar Pary Chambi, fue categórico al anunciar que se reactivarán los protocolos de bioseguridad en las unidades educativas de todo el país y se promoverán acciones conjuntas para que las madres y padres de familia hagan vacunar a sus hijos contra el covid-19, con objeto de tener un retorno seguro a clases.
En tal sentido, el ministro Pary, adelantó que se instruirá el uso obligatorio de barbijo para maestros, administrativos, estudiantes y otros actores educativos que sean parte del desarrollo curricular en las aulas, al constituirse lugares cerrados, carentes de ventilación constante.
Ahora bien, cabe resaltar que, el artículo 1, de la Resolución Ministerial (RM) N° 0461, emitido la gestión pasada por el Ministerio de Salud y Deportes, resuelve que, a partir del 31 de julio de 2023, se levanta la declaratoria de emergencia sanitaria nacional contra el covid-19 en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, por solicitud del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias.
Consecuentemente, desde el 1 de agosto de la gestión pasada, la utilización de barbijo en diferentes espacios tiene un carácter voluntario; empero, se dejó claramente establecido que se recomienda su uso en ambientes cerrados y mantener las medidas de bioseguridad como el lavado de manos, el uso de alcohol y geles antibacteriales.
En ese marco, conforme al artículo 35 de la RM 0031/2021, emanado el 21 de enero de 2021 por el Ministerio de Educación, las unidades educativas deben coordinar con las Entidades Autónomas Territoriales que correspondan (en el presente caso con los Gobiernos Autónomos Municipales) la implementación de medidas y protocolos de bioseguridad ante casos de covid-19.
En ese orden, a partir del 5 de febrero es imperante que las unidades educativas implementen mecanismos, estrategias y protocolos de bioseguridad establecidos en la Resolución Bi Ministerial 0001/2021 y 0001/2022, emanado por las carteras de Estado de Salud y Educación.
Referidas acciones son destinadas a precautelar la salud de los actores educativos que son parte del desarrollo curricular, circunscribiéndose a medidas de control de temperatura antes del ingreso a la unidad educativa, uso correcto y permanente del barbijo y sanitización, programación periódica de acciones de desinfección, provisión de agua de manera continua e ininterrumpida, entre otros.
Por tal razón, se debe dejar claramente establecido que, en conformidad al artículo 80 de la Ley Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, son los Gobiernos Autónomos Municipales directos responsables de la dotación de insumos de bioseguridad a maestros y estudiantes de unidades educativas fiscales y de convenio.
El autor es Magister en Políticas de Formación Docente.