miércoles, julio 24, 2024
InicioSeccionesEconomíaBancos determinarán comisión cuando transferencia pase los $us 1.000

Bancos determinarán comisión cuando transferencia pase los $us 1.000

La comisión de las transferencias al exterior, cuando sean mayores a los 1.000 dólares, será determinada por la banca, mientras que si se trata de un monto menor será gratuita, de acuerdo a lo informado por la Autoridad de Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI).

La información se encuentra en la categoría 1, presentada por la ASFI la mañana de ayer. En esta se fijan tarifas para los servicios financieros con mayor cantidad de transacciones (masivos). Asimismo, se consideran en esta categoría las transferencias al exterior, las compras por internet, los retiros en cajeros automáticos en el exterior y los pagos en POS del exterior.

La entidad reguladora establece tres categorías: en la primera se refiere a servicios masivos, en la segunda las tarifas gratuitas y la tercera obedecen a las fijadas por el Banco Central de Bolivia (BCB).

La directora General Ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, Ivette Espinoza Vásquez Espinoza, indicó que para la emisión de esta disposición se evaluaron tres tipos de categorías: la primera de servicios masivos, tarjeta de crédito, pago de salarios, retiros en ATM de otras instituciones, reposición de tarjetas de débito, asimismo se consideran transferencias al exterior, compras por internet, retiros en cajeros automáticos en el exterior y los pagos mediante POS en el exterior; la segunda que incluye tarifas gratuitas que se están fijadas por Ley, reglamentos o práctica común y la tercera incluye las tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia (BCB).

“Se cambia la denominación del Reglamento de Tasas de Interés a reglamento de tasas de interés, comisiones y tarifas del Capítulo III, Título I, Libro 5° de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros, incorporándose las Tarifas Máximas que las entidades financieras podrán cobrar a los consumidores financieros por los servicios que brindan”, señala la entidad.

Asimismo, sostiene que se modifica el Reglamento de Publicidad, Promoción y Material Informativo, donde en el inciso m) del Artículo 3° (Requisitos mínimos) se dispone la obligación para las entidades financieras de publicar en sus sitios web, los tarifarios y sus posteriores modificaciones, que previamente hayan sido puestos en conocimiento de ASFI.

También informa que se modifica el Reglamento para el Envío de Información, se incorpora el reporte periódico mensual M030 “Mensual Tarifario”, que contiene información concerniente a las tarifas determinadas por las entidades financieras para los consumidores financieros. El primer envío de este reporte tiene como plazo el décimo día hábil del mes de marzo de 2024, con información al mes de febrero.

Las nuevas disposiciones de la ASFI tienen un plazo, y es hasta el 9 del presente mes, para que las entidades financieras adecuen sus sistemas y una serie de aspectos deben cumplir con todos estos aspectos que estamos pidiendo para que nos remitan la información y nosotros podamos verificar el cumplimiento de estas modificaciones que establecieron de acuerdo a la ley, informó Espinoza.

“(…) estamos estableciendo por primera vez tarifas y comisiones máximas que deben cubrir las entidades financieras por los servicios que cobran a sus clientes”, agregó a tiempo de indicar que .

Aclaró que no es una reducción, sino que fijan las tarifas en base al costo que han observado. “Ustedes verán que hay tarifas demasiado altas y bajas donde no había una justificación, para nosotros es generación de utilidades, lo que estamos haciendo es equiparar el costo real (…), complementó.

ARTÍCULOS RELACIONADOS
- Advertisment -

MÁS POPULARES