miércoles, julio 24, 2024
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Caos institucional

Álvaro Numbela Tejada

A 6 de junio de 2024, Bolivia ha observado actuaciones judiciales rápidas del Tribunal Constitucional, también actuaciones tendentes a impedir el ejercicio de las potestades privativas del Legislativo. Ahora se espera la aprobación del Ejecutivo a decisiones legítimas de un Poder del Estado, como es el Legislativo, consagrado en el Art. 12 de la Constitución.

EL ARBITRAJE
La promulgación de las leyes aprobadas por la Asamblea Legislativa, en fecha 6 de junio de 2024, puede ser objeto de rechazo por parte del Ejecutivo. Entonces, el Legislativo podrá defender los derechos que le dan la calidad de un verdadero Poder del Estado, por las potestades que tiene por mandato del pueblo organizado. El arbitraje corresponderá a un órgano neutro, sometido a una regulación predeterminada, mediante normas que expresan la manera en que la conciencia colectiva concibe y admite el proceso de las determinaciones.
Felizmente la controversia no se da por la exclusividad de competencias que se manifiesta, en que el Poder Legislativo tiene a su cargo establecer leyes, al mismo nivel de fiscalización constitucional que tiene el Poder Judicial. Entre tanto, así se podrá aclarar las acciones de nulidad implantadas por conspicuos seguidores de un Poder Individualizado, o que no se debió proceder así, pues en lo que tiene que hacer el Legislativo, corresponde definir a un órgano imparcial, que no se da en Bolivia.
VICTORIA DE LA DEMOCRACIA
La actuación del Legislativo alcanza su resplandor cuando descongestiona planteamientos acumulados sin motivo. Y toma una victoria innegable cuando la ley, que es la voluntad del Soberano, da por bien hecho la valentía demostrada por Andrónico Rodríguez, presidente de la Asamblea Legislativa.
No hay que descuidar que en el hecho que motivó nuestro análisis, se da la regulación por los sujetos que intervienen y luchan por ser aceptados como maestros de sus atribuciones. Que no son cosas que el jefe impone y que puede mandar. Ciertamente, el “jefe” puede imponer ordenes que sus seguidores aceptarán. Pero es a las personas (a Bolivia) que corresponde el derecho de reconocer el derecho al mando. En definitiva, así lo establecen las leyes.
La ley aleja toda aventura, como la de impartir órdenes, hacer “fumigaciones” o notificaciones deshonestas, Al contrario, la ética obliga a las personas a actuar de buena manera, con el único objetivo de servir a la VERDAD. He aquí la razón suprema de la ligadura de los gobernantes a los gobernados, que –al mismo tiempo– es la prueba de su compromiso con el bienestar del grupo. La ley proporciona el fundamento para el ejercicio de la autoridad; dado que, la autoridad solo VALE por cumplimiento estricto de las reglas prestablecidas. Fuera de esta realidad, comienza o se recomienza la aventura para el poder establecido.

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