Conforme al Circular CI/DGAA/UGSEP-SI Nº 0030/2024 emanado el 11 de junio del año en curso, por los viceministros de Educación Regular, Alternativa y Especial; Manuel Eudal Tejerina Del Castillo y Viviana Mamani Laura, respectivamente, el movimiento de personal docente y administrativo a través de compulsa de méritos se amplió hasta el 17 del mismo mes.
El referido Circular, cayó como balde de agua fría a las autoridades de los Distritos Educativos alejados y de difícil acceso del país; en razón a que varios maestros en función optaron por un cargo nuevo, mediante compulsa de méritos, en otros contextos educativos urbanos y rurales más cercanos.
Por tal extremo, la consecuencia inmediata del movimiento de maestros en función, fue la declaratoria en acefalía de varios ítems, lo cual repercute negativamente en el normal desarrollo curricular, debido a que varios estudiantes y participantes de unidades educativas y centros educativos fiscales y de convenio se quedarán prácticamente sin maestros hasta el primer día hábil de agosto, mes en el cual se volverá a designar al personal docente (nuevos y reincorporados) que optarán los cargos acéfalos.
Al respecto, en menester puntualizar que la selección; constituye la elección del docente o administrativo, entre uno o varios postulantes que participen de una determinada compulsa de méritos y cumplan con los requisitos exigidos para optar el cargo. En cambio; la designación, es el acto administrativo realizado mediante la generación del memorándum por el Sistema de Gestión de Planillas.
En ese marco, los procesos de selección mediante compulsa de méritos en sujeción a la Resolución Ministerial (RM) Nº 0224/2024 (2 de abril de 2024) son suspendidos hasta el 15 de julio de la presente gestión, en razón del descanso pedagógico (vacación invernal) que inicia el primero del mismo mes.
Consiguientemente, los procesos de selección y designación de personal docente y administrativo en el Subsistema de Educación Regular, Alternativa y Especial, podrán desarrollarse nuevamente a partir del 15 de julio y 1 de agosto, respectivamente, pero con postulantes nuevos o reincorporados, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 253 (19 de agosto de 2009) y el Manual de procesos para la elaboración de la planilla de haberes del Servicio de Educación Pública, aprobado mediante RM Nº 1212/2023 el 28 de diciembre de 2023.
El autor es Magister en Políticas de Formación Docente.