lunes, octubre 21, 2024
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Descartan condonación de deudas

Emiten decreto para refinanciamiento y reprogramación de créditos

El decreto supremo que dispone a las Entidades de Intermediación Financiera y las Empresas de Arrendamiento Financiero atender y evaluar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito de los deudores que voluntariamente lo requieran por factores de fuerza mayor (conflictos, liquidez, enfermedades y pandemias, etc.), fue emitido hoy, informó el ministro de Economía, Marcelo Montenegro.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aprobó normativas para la reprogramación y el refinanciamiento de las personas que no pueden cumplir con los plazos establecidos, por ello determinó ampliar el periodo de tiempo.

En ese contexto, ayer el Gobierno aprobó un decreto para la reprogramación y refinanciamiento voluntario de créditos. La Asfi tiene 10 días hábiles para emitir la reglamentación correspondiente y aprobar el formulario único. Las entidades financieras deben dar respuesta ágil a todas las solicitudes.

La norma permite a los prestatarios solicitar de forma expresa y voluntaria la reprogramación y el refinanciamiento de sus créditos. La normativa obliga a las entidades financieras a implementar procedimientos “simplificados y ágiles” para evaluar estas solicitudes.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, explicó que esta medida tiene el propósito de apoyar a los prestatarios afectados por eventos climatológicos adversos, conflictos sociales, el entorno económico y otros.

Las entidades de intermediación financiera y las empresas de arrendamiento financiero deben convenir con los prestatarios que lo soliciten de forma voluntaria, la reprogramación y refinanciamiento de sus operaciones de crédito en función a su situación económica y capacidad de pago, dispone el numeral I del artículo primero del citado Decreto Supremo aprobado.

El numeral II establece que reprogramaciones y refinanciamientos “podrán contemplar períodos de gracia y/o prórroga”, así como otros mecanismos favorables, que brinden una solución particular a cada prestatario.

El decreto también faculta a las entidades financieras a adecuar sus procesos de análisis y evaluación crediticia y a establecer “procesos simplificados y ágiles” para evaluar las solicitudes de reprogramación, explicó el ministro Montenegro.

La reprogramación de aquellas operaciones crediticias que tengan un plazo residual de hasta dos años, no debe ser mayor a un período de cinco años. En todos los demás casos, esta medida se estructurará sobre la base de la reglamentación emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

El decreto también obliga a las entidades financieras a establecer procedimientos para la difusión entre sus clientes del contenido de este decreto, además de utilizar los canales de a educación financiera y la socialización entre los potenciales interesados.

El ministro aclaró que la reprogramación y refinanciamiento, es voluntario y no implica una recalificación, ya que los prestatarios afectados no pueden cumplir con sus obligaciones debido a factores externos, como desastres naturales o conflictos, y no por su propia gestión financiera, lo que les protege de penalizaciones.

Asimismo, ante el pedido de los afectados de solicitar condonación, la autoridad descartó el pedido porque podría complicar la situación del sistema financiero, por ello se avanzó en la refinanciación y reprogramación de créditos.

Ayer la Asociación de Víctimas del Sistema Financiero marcharon al Ministerio de Economía para exigir la condonación de deudas y la anulación del pago de intereses.

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