Tras haber denunciado la procedencia y propiedad de los vehículos usados por Evo Morales para transportarse en territorio nacional, el diputado por Comunidad Ciudadana (CC), Jairo Guiteras, aseguró que las pruebas y la confirmación de la exautoridad sobre un financiamiento externo al Movimiento al Socialismo (MAS), son evidentes y suficientes para que esta organización política pierda su personería jurídica.
Según la denuncia del parlamentario de oposición, la confirmación de que el jefe nacional de una organización política hace uso de vehículos facilitados por una empresa extranjera, demuestra una evidente injerencia externa en asuntos de política interna, hecho que es totalmente contrario a la vigente Ley de Organizaciones Políticas.
“Se ha demostrado que los vehículos que transportaban a Evo Morales son del señor Miguel Ángel Lozano Delgado (presidente de Pdvsa), además de la confesión del mismo Evo Morales de recibir “apoyo” de Venezuela. (…) El señor Lozano Delgado es militar en Venezuela. ¿Qué hacen Militares Venezolanos apoyando a Evo Morales y entrometiéndose en asuntos de política interna?”, cuestionó el diputado tras el supuesto atentado contra Morales en la región del Trópico.
En declaraciones a EL DIARIO, Guiteras sostuvo que la Ley 1096, en sus artículos 71 y 72, es clara y lo que procede es que el MAS pierda su personería jurídica.
“No hay donde perderse, el vehículo está a nombre de un ciudadano venezolano y la ley es clara, no se puede recibir ningún tipo de aporte o cooperación extranjera. Un ciudadano venezolano se constituye un tipo de cooperación extranjera y las consecuencias son igualmente claras”, advirtió.
Sobre las expectativas para que un proceso de este tipo logre avanzar hasta conseguir una sanción para la organización política infractora, Guiteras indicó que ya no se trata solo de esperar la buena voluntad de autoridades electorales encargadas de dar cumplimiento a la normativa, sino solo exigir el cumplimiento estricto de lo dispuesto en la ley.
“Acá se trata solo del cumplimiento de la norma, ya no hay mucho misterio, solamente hay que aportar las pruebas necesarias para que se de el cumplimiento de la normativa en cuestión”, señaló el diputado, adelantando que en los siguientes días formalizará una denuncia contra el MAS por financiamiento irregular.
“Esperamos que el TSE esté dispuesto a cumplir lo que señala la norma”, agregó.
Este miércoles, el asambleísta nacional por el departamento del Beni, Óscar Balderas, anunció haber presentado una denuncia ante el TSE por un posible financiamiento de gobierno extranjero a una organización política nacional, hecho que la Ley 1096 prohíbe.
“Según la norma, se deben iniciar de oficio todas estas investigaciones e imponer la sanción que corresponda al señor Evo Morales como dirigente del Movimiento al Socialismo, en este caso, serían cinco años de alejamiento de la vida dirigencial política, lo que lo inhabilitaría de participar en cualquier proceso por un cargo electivo”, explicó.
Desde el Tribunal Supremo Electoral, el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe explicó a EL DIARIO, que en caso de llegar a comprobarse un financiamiento irregular, corresponde la sanción de cancelación de la personería jurídica.
Además, precisó que existen plazos y procedimientos a cumplirse antes de contar con una resolución que disponga una sanción, en caso de comprobarse la vulneración de la norma.
“La denuncia, con la debida prueba, debe ser encaminada al Ministerio Público y esa instancia es la que va trabajar (investigar) para finalmente emitir un dictamen, una resolución señalando que es probada o improbada esa denuncia. En función a ese dictamen, el Tribunal Supremo Electoral recibe ese informe y en Sala Plena se adopta una determinación”, explicó el vocal.
Según el artículo 71 de la Ley 1096 (de Organizaciones Políticas), estas no podrán gestionar, aceptar o recibir, directa o indirectamente, total o parcialmente, ningún tipo de aportes, donaciones, subsidios o apoyos que provengan de manera probada de entidades y empresas del Estado Plurinacional de Bolivia, de cualquier entidad pública o privada extranjera, agrupaciones religiosas o espirituales, personas naturales o jurídicas propietarias de juegos de azar, personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución, aportes anónimos y otros “de origen ilícito”.
Asimismo, ninguna contribución, donación, subsidio o aporte podrá exceder el diez por ciento del presupuesto anual de la organización política o del presupuesto de campaña en el marco de un proceso electoral.
Todas las restricciones establecidas para organizaciones políticas, aplican a las candidaturas a cargos públicos electivos.
El artículo 72 de la ley 1096 (de Organizaciones Políticas), hace referencia al incumplimiento y las restricciones, señalando que el Órgano Electoral actuará “de oficio” en caso de que en su labor de fiscalización detectase indicios o pruebas de que una organización política ha recibido recursos de las fuentes señaladas anteriormente.
Esta semana, tras el supuesto atentado denunciado por Evo Morales, el dirigente cocalero, en declaraciones a radio Kawsachun Coca, admitió que los vehículos que usa para su transporte son proporcionados por la estatal venezolana Pdvsa, sin embargo, señaló que el presidente Luis Arce tenía conocimiento de ello.
Anteriormente, el exministro Iván Lima había denunciado que el vehículo usado por Morales en la denominada Marcha Para Salvar Bolivia, pertenecía a una joven de 21 años, quien adquirió el vehículo de la venezolana Pdvsa por un monto de Bs 100 mil.
Según la denuncia presentada por el diputado Balderas, se solicita al TSE actuar de oficio para sancionar a Morales, en su calidad de dirigente máximo del MAS, según lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley 1096, esto implica la suspensión de actividades políticas por el lapso de cinco años.
Procede pérdida de personería
Pruebas de un financiamiento irregular al MAS son evidentes
> La confirmación de que el jefe nacional de una organización política hace uso de vehículos facilitados por una empresa extranjera, demuestra una evidente injerencia externa. > Afirman que no se trata solo de esperar la buena voluntad de autoridades electorales encargadas de dar cumplimiento a la normativa, sino solo exigir el cumplimiento estricto de lo dispuesto en la ley. > Existen plazos y procedimientos a cumplirse antes de contar con una resolución que disponga una sanción, en caso de comprobarse la vulneración de la norma.
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