jueves, diciembre 26, 2024
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Familiares de primer grado podrán tramitar baja médica postnatal

Mediante el instructivo INS/ASUSS/DGE/DTFyCSS N° 0004/2024, la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss) simplificó el trámite de la baja médica postnatal, permitiendo que este docuemento pueda ser gestionado por un familiar de primer grado. Esta medida busca precautelar la salud de la madre y del recién nacido.
El instructivo establece que, si el parto se llevó a cabo en un establecimiento ajeno al ente gestor o caja de salud, el trámite de la baja médica postnatal podrá ser realizado por un familiar de primer grado. Para ello, es necesario presentar una autorización escrita (a mano alzada), una fotocopia firmada del carnet de identidad y el certificado emitido por el profesional que asistió el parto o la cesárea. Además, determina que el único documento requerido para este trámite es el certificado médico emitido por el profesional que atendió el parto o cesárea.
“Lo que queremos es evitar que mamás postparto, con algún tipo de complicación, tengan la preocupación adicional de tener que ir a recabar un certificado de incapacidad temporal, que es la baja médica, de una manera forzosa y en un delicado estado de salud, lo cual incluso podría agravar su situación”, señaló el director general ejecutivo de la ASUSS, Rubén Colque.
Añadió que, con este instructivo, se fortalece el proceso de desburocratización que está implementando el Estado, contribuyendo a que las madres puedan tener un posparto más tranquilo y acceder plenamente a los beneficios establecidos en el Código de Seguridad Social.
En caso de incumplimiento del instructivo, los asegurados o beneficiarios pueden realizar la denuncia correspondiente ante la Asuss o comunicarse a través de la línea gratuita 800 10 1201.

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