Mediante un pronunciamiento, la Asociación de Jueces y Magistrados de Bolivia (Amabol) se declaró en emergencia debido a la institucionalización e ingreso a carrera judicial, a través de una convocatoria interna, que pretende alcanzar solo al 50% del total de operadores de justicia, por lo que aseguran que esa medida es un atentado a la estabilidad laboral y piden una reunión con el Consejo de la Magistratura.
El pasado 26 de agosto, el Ministerio de Justicia y el Consejo de la Magistratura anunciaron la convocatoria para la institucionalización de 489 jueces transitorios en el país.
“A partir de las determinaciones asumidas por la Sala Plena del Consejo de la Magistratura el objetivo es cumplir que este año el país no tenga ni un solo juez transitorio”, dijo en la oportunidad, el ministro de Justicia, Iván Lima.
En un pronunciamiento socializado ayer, Amabol se declaró en estado de emergencia ya que consideran que esta medida atenta contra su estabilidad laboral.
“(La Amabol) expresa su preocupación y se declara en estado de emergencia por este atentado a la estabilidad laboral de los jueces a nivel nacional, por ello exhortamos a las autoridades del Consejo de la Magistratura a reconsiderar esta convocatoria interna y considerar las decisiones asumidas en el Encuentro Nacional organizado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)”, se lee en el comunicado.
En ese marco solicitan una reunión con las autoridades del Consejo de la Magistratura a los fines de encontrar consenso en esta tarea de ingresar a carrera judicial al 100% de los operadores de justicia.
Aclaran que los llamados jueces transitorios no son responsables de no haber sido institucionalizados dentro de una carrera judicial, empero se debe considerar que muchos de ellos tienen la experiencia y trayectoria reconocida.
“Han sido y son docentes de la Escuela de Jueces, por otro lado su ingreso para acceder al cargo de juez fue previa convocatoria con una serie de requisitos, exámenes y posterior ejercicio del cargo de juez, son por ende autoridades con plena legitimidad que directamente deben pasar a la carrera judicial”, reiteran.
Recuerdan que las conclusiones del Encuentro Nacional, del 29 de marzo al 2 de junio del presente año, realizado en Chuquisaca y organizado por el TSJ, consensuadas en mesas de trabajo, son las que se deben cumplir.
“Es inviable, injusto, incoherente y perjudicial una convocatoria interna para aparentemente ingresar a carrera judicial a una cantidad aproximada al 50% de jueces, en desmedro de la estabilidad laboral que no solo repercute en la función judicial, lo más importante y trascendental es el perjuicio que repercutirá en el justiciable, peor aun cuando en recientes días se han renacionalizado y ampliado competencias a jueces componentes de Tribunales de Sentencia como consecuencia de la reforma de la Ley 1173, estando en peligro la permanencia de los operadores de justicia, con la incidencia en una retardación de justicia en el caso de remover a esta cantidad de jueces, dado que no está garantizado el ingreso a la carrera judicial mediante esta vía”, se lee en otra parte del documento.
Recuerdan que la Amabol tiene como mandato supremo el respeto y sometimiento a la Constitución Política del Estado, en ese contexto la Ley 025 de 24 de junio de 2010 estableció la obligación para que el Consejo de la Magistratura realice las actividades pertinentes para la transición de las autoridades judiciales reconocidas anteriormente dentro del Poder Judicial al actual Órgano Judicial, para ello tenía un plazo sin embargo no fue realizado.
“La Amabol comprende que uno de los pilares de la independencia judicial debe ir acompañada de la implementación concreta de la carrera judicial, como tal es una tarea que es necesaria y urge ser efectivizada, es evidente y en lealtad hacia nuestra sociedad existe una crisis del Sistema Judicial, sin embargo esta crisis no es y no ha sido únicamente del Órgano Judicial y aunque no lo parezca a pesar de las diversas críticas y cuestionamientos en contra de nuestra digna institución, lo cierto y evidente es que no se debe generalizar algunas actuaciones alejadas y particulares que han incidido en la visión de la administración de justicia”, continúan.