sábado, septiembre 28, 2024
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Inestabilidad laboral predispone a jueces a someterse al poder político

El hecho de que la mayoría de las juezas, jueces y fiscales en Bolivia opere desde posiciones temporales, aumenta la injerencia indebida de asuntos políticos y de otras ramas del poder público en la conformación de la judicatura, según un diagnóstico sobre la independencia del sistema judicial en Latinoamérica, al que EL DIARIO tuvo acceso.
En 2018, en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Estado boliviano manifestó que de 118 vocales, 1.039 jueces ordinarios y 63 jueces agroambientales, sólo 163 eran de carrera judicial.
El relator especial de la CIDH señaló en su informe que, de 1.134 jueces, el 47% opera desde cargos transitorios; y estas altas tasas de puestos provisionales amenazan la independencia judicial.
“Los jueces y vocales operan bajo la percepción de que sus nombramientos pueden ser cesados, y prueba de ello es el acuerdo 073 de 2017 en el que se destituyeron 89 jueces con base a la condición transitoria de sus cargos”, se lee en el informe.
Al respecto, el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos (GIEI) afirmó: “Este carácter transitorio de los cargos de jueces, juezas y fiscales los expone a transferencias, remociones y cese de funciones con base en criterios arbitrarios, y permite la posibilidad de interferencia política. Adicionalmente, compromete la independencia de sus deliberaciones y decisiones y los expone a represalias relacionadas con el ejercicio de sus funciones. Además de la transitoriedad de dichos cargos, se advierte una constante rotación de operadores de justicia involucrados en procesos penales”.
“La falta de permanencia de los operadores de justicia en sus cargos impide el avance oportuno y efectivo de las investigaciones, obstaculiza el acceso a la justicia de las víctimas, afecta el principio procesal de inmediación del cual depende la eficacia de los procedimientos y denota la existencia de riesgos de redistribución de casos sensibles por criterios no totalmente transparentes”.

AMABOL
La presidenta de la Asociación de Magistrados de Bolivia (Amabol), afirmó que un juez que está siendo amenazado de manera constante con su destitución no puede trabajar de manera sosegada porque está preocupado de que se cumplan las amenazas y ello se agrava porque no están dentro de la Ley General del Trabajo, por lo que al momento de su desvinculación salen con su último sueldo.
Luego de varias denuncias de organizaciones locales e internacionales, el 26 de agosto de 2022 el Consejo de la Magistratura publicó una convocatoria para “regularizar” las posiciones transitorias de más de 489 juezas y jueces y permitir su ingreso a la carrera judicial.
Algunas organizaciones locales criticaron ese proceso por demostrar una influencia e intervención indebida del poder ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia.
Ese proceso establecido por el Consejo de la Magistratura no se encuentra previsto dentro de ninguno de los dos subsistemas de ingreso (méritos o egreso de la Escuela de Jueces), además se estaban realizando exigencias de especialidad que no guardaban coherencia con la experiencia específica de esos operadores de justicia.
El proceso se encuentra suspendido debido a las acciones constitucionales interpuestas para lograr su anulación por falta de garantías.
La primera instancia de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Chuquisaca concedió tutela y determinó dejar sin efecto la convocatoria porque era contrario a disposiciones legales y constitucionales, y que el Consejo de la Magistratura debía sentarse y generar espacios de diálogo con las asociaciones judiciales para revisar los términos para una nueva convocatoria.
“El Consejo de la Magistratura se encuentra a la espera de la confirmación de esta decisión por la instancia de apelación. Los accionantes indicaron que la convocatoria y reglamento vulneran los artículos 63, 150, 215 y 218 de la Ley 025 así como la Ley 898 que obligan al Consejo de la Magistratura a evaluar periódicamente a todos los jueces en funciones. También señalaron que la convocatoria se encuentra por fuera de los mecanismos legales para el ingreso a la carrera judicial”.

EVALUACIÓN
Adicionalmente, la sentencia 0704 del Tribunal Constitucional (TC) determinó que cerca de 1.000 jueces deben ser evaluados dentro de un período de tres meses con el fin de definir el acceso a la carrera judicial.
En el documento, refieren que el Consejo de la Magistratura debe buscar una forma de institucionalizar a los jueces que se encuentran en cargos transitorios hacia la carrera judicial que no atente contra las disposiciones constitucionales y legales y salvaguarde los derechos de los operadores de justicia.
Asimismo manifiestan que existe un proyecto de reforma constitucional para la designación de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que ha sido presentado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a efectos de revisión. Para la designación de autoridades judiciales de menor jerarquía, no existen propuestas de reforma sobre los mecanismos de nombramiento, sino que se hace necesaria la efectiva implementación de la carrera judicial.

 

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