miércoles, septiembre 4, 2024
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Es factible nueva Ley de Pensiones

Bajo la conclusión de que la Ley de Pensiones No 065, de 10 de diciembre de 2010, ha ocasionado daños económicos a los aportantes que en determinado momento se jubilarán, así como a los asegurados y los hoy jubilados, ante todo se hace necesario abrogar tal instrumento con la normativa establecida en el “Proyecto de Ley General de Pensiones”, elaborado tras un trabajo arduo bajo mi conducción, explica el experto en pensiones Lic. Jaime Peña.
Plantea: “este proyecto de ley tiene por objeto y finalidad asegurar los medios de subsistencia dignos al capital humano del país, porque las prestaciones serán concedidas mediante pensiones sobre una densidad de aportes y edad. Se otorgarán pensiones de invalidez, vejez, muerte y riesgos profesionales a largo plazo sobre el salario promedio de los 12 meses anteriores a la fecha de pago del último mes antes de jubilarse”. En el punto “4” de su documento de presentación destaca que la pensión de vejez se otorgará cuando el trabajador cumpla los siguientes requisitos: a) 60 años de edad para hombres, y 55 para las mujeres. b) Acreditar 240 meses de aportes como mínimo (20 años) y tendrá el 70% del salario promedio, más un incremento del 3% por cada doce meses de aportes que excedan las 240 aportaciones. Lo que hoy no acontece.
Luego puntualiza que “se otorgará también la pensión media de vejez a los trabajadores que tienen la edad, pero no llegaron a aportar los 240 meses, y sí aportaron entre 10 a 19 años; pago global a los que aportaron de 5 a 9 años, y devolución de aportes a los que aportaron entre 0 a 4 años. El punto “7” dice: No se modificarán los aportes que actualmente realizan los trabajadores y patrones, o sea 17,42%. Mientras el “8” destaca que los jubilados que perciben pensiones del SIP, desde 1997 a la fecha, tendrán re-liquidación de sus pensiones con el sistema de reparto. Posteriormente enfatiza: los empleadores que no descontaron sus aportes a sus trabajadores, con el fin de evadir sus obligaciones, cancelarán a su costo el total de aportes no descontados.
Finalmente, en los puntos “10”, “11” y “12” de dicho proyecto se hace hincapié: “Se creará el Instituto Nacional de Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social (Banco), y las Gestoras Básica y Complementarias. Se desechará definitivamente la Compensación de Cotizaciones, las pensiones de las AFPs –Gestora y las delegadas privadas– y se abrogará la Ley 065, de 10 de diciembre de 2010, y se implementará la Ley General de Pensiones. El proyectista Peña Cano, sostiene que todo está debidamente sustentado, y adjunta una serie de cuadros técnicos para hacer ver que su proyecto es factible, por lo que lo presentará a la Asamblea Legislativa en la semana venidera, así como al Poder Ejecutivo. Sostiene que son varias instituciones sociales las que lo respaldan, y concluye “esto es lo mejor para los trabajadores y todo el pueblo boliviano que hoy sólo reciben migajas además de esta afrenta e inequidad”.

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