lunes, septiembre 2, 2024

Compulsas 2023

En sujeción al Circular CI/DGAA/UGPSEP Nº 0012/2023, emitido el 3 de abril del año en curso, por los viceministros del Subsistema de Educación Regular, Alternativa y Especial, Bartolomé Puma Velásquez y Sandra Cruz Nina, respectivamente, los procesos de selección (compulsa de méritos) y designación (memorándum) de ítems en acefalía y de nueva creación para maestros, personal administrativo y de servicio, quedan habilitados todo el mes.
En consecuencia, los procesos de selección y designación desarrollados entre el 1 al 10 de cada mes, deben ser procesados en la planilla de haberes mensual correspondiente, debiendo ser remitida hasta el día 12, a la Unidad de Gestión de Personal del Ministerio de Educación.
En cambio, la selección y designación entre los días 11 al 30, debe ser designada con la fecha del primer día hábil correspondiente al mes siguiente; por ejemplo, en el hipotético caso que una maestra gané una compulsa de méritos el 17 de abril, el memorándum será procesado con fecha 2 de mayo de 2023.
Ahora bien, la otra cara del proceso de selección y designación son los casos de supuestas irregularidades cometidas en su mayoría por la comisión calificadora (director/a Distrital, de Unidad Educativa y representante de la federación sindical de maestros) en las diferentes compulsas de méritos para optar cargo de ítems en acefalía y de nueva creación de unidades educativas fiscales y de convenido del área rural y urbana.
Con tal antecedente, el Ministerio de Educación mediante comunicado oficial emitido el mes pasado, exhorta a los postulantes afectados a denunciar (preferentemente) las supuestas irregularidades a la Unidad de Transparencia de la Dirección Departamental de su jurisdicción.
Al respecto, el Reglamento de selección y designación de maestros, personal administrativo y de Servicio del Subsistema de Educación Regular, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 0123/2023 de 7 de febrero de 2023, se rige bajo los principios de equidad, transparencia, responsabilidad e imparcialidad.
Asimismo, el referido Reglamento en su artículo 74 dispone que, los servidores públicos involucrados en supuestas irregularidades durante el proceso de selección y designación, serán sujetos a proceso administrativo – disciplinario conforme a normativa vigente. En el caso de delitos de orden público, serán procesados ante la Fiscalía Departamental.
Ante tales extremos, es imperante que el Ministerio de Educación, a través de las direcciones departamentales y unidades de transparencia, aplique medios tecnológicos en la fiscalización de las compulsas de méritos desarrolladas en los distritos educativos, siendo urgente la digitalización e inserción de los títulos profesionales, certificados de capacitaciones, producción intelectual, entre otros, de los maestros al Registro Docente Administrativo (RDA), a fin de evitar las famosas alteraciones y falsificaciones.

El autor es Magister en Políticas de Formación Docente.

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