domingo, septiembre 1, 2024
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Reglamento de preselección evidencia trato desigual y vulnera derechos constitucionales

La nueva convocatoria y reglamento de preselección de candidatos a alto cargos del Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), aprobado la noche del martes por la Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa (AL), evidencia un trato desigual y continúa con la vulneración de derechos constitucionales, según manifestó a EL DIARIO el diputado de oposición Oscar Balderas.

“El actual reglamento carece de aspectos claros y evidencia vacíos jurídicos y trato desigual en la aplicación de principios constitucionales”, dijo Balderas que es miembro de la Comisión Mixta de Constitución.

Asimismo el legislador aseguró que los postulantes no deben representar intereses políticos o de privados y para ello las reglas de selección tienen que ser claras en lo referente a órganos encargados de la preselección de candidatos.

“La objetividad y transparencia de los procedimientos a seguir, tomando en cuenta, sin excluir otros presupuestos, la honorabilidad, independencia, imparcialidad, conocimientos jurídicos y compromisos en la defensa de derechos humanos, valores democráticos y transparencia”, apuntó.

 

REQUISITO 7

Uno de los requisitos para los postulantes al Consejo de la Magistratura, establecido en el numeral 7 establece: “No haber sido suspendido ni sancionado en proceso disciplinario en el marco de las funciones de jueza o juez, magistrada o magistrado, vocal, docente universitario o profesional”.

No obstante el artículo 234 de la Constitución Política del Estado (CPE) señala que para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere:

  1. “Contar con la nacionalidad boliviana; ser mayor de edad; haber cumplido con los deberes militares; no tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento; no estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución; estar inscrita o inscrito en el padrón electoral y hablar al menos dos idiomas oficiales del país.

En ese marco, el abogado Marco Ramos, manifestó que no podría ser impedimento el solo hecho de haber sido sancionado en proceso disciplinario, el no acceder a la función pública; tal vez por faltas gravísimas que involucran destitución, pero no así las demás faltas que por su naturaleza son solo correctivas pero no prohibitivas para ser servidor público.

El jurista advirtió que ese requisito se consigna solo para los postulantes al Consejo de la Magistratura, pero no así para el Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal Agroambiental, extremo que considera como “total desigualdad”.

“Debe eliminarse del Reglamento y la Convocatoria este requisito establecido para los postulantes del Consejo de la Magistratura, dado que sería motivo de nuevas acciones de Amparo Constitucional y retrasaría el proceso de selección”, dijo.

 

DATOS

La presidenta de la Comisión Mixta, Patricia Arce, informó que la recepción de postulaciones tendría un plazo de 10 días calendario (del 21 al 30 de abril); la publicación de registros, 1 día; verificación de registro de postulantes, 10; publicación escrita de listas de postulantes, 1; presentación de impugnaciones más las resoluciones, 12; publicación en páginas web, 2; evaluación de experiencia y formación profesional, 9; publicación de nóminas de postulantes que pasarán a la evaluación final, 1; evaluación escrita, 5 y, finalmente, para las entrevistas, 7 días calendario.

Asimismo, adelantó que hoy se realizaría la apertura de los libros y a partir de ese día, se tendría 10 días para que los postulantes puedan apersonarse y registrarse.

 

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