martes, julio 2, 2024
InicioSeccionesEditorialExabrupto de prohibir interpelación parlamentaria

Exabrupto de prohibir interpelación parlamentaria

Un caso por demás notable, entre otros, revela el alto grado de decadencia en que se encuentran las categorías morales y aun de la lógica formal dentro de los órganos Juridicial y Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, sin hacer referencia a más sectores de la sociedad boliviana actual.

Se trata de la sentencia que dictó una de las salas del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en vista de una acción de amparo constitucional que presentó un Ministro de Estado. Dicho tribunal ha adoptado una medida política, nada menos prohibiendo a la Asamblea Legislativa las interpelaciones a los ministros del Órgano Ejecutivo, considerando que cuando se llegue al caso de la censura y, con ella, la correspondiente la destitución del funcionario cuestionado, se trataría de un atentado contra su derecho al trabajo.

El fallo del mencionado tribunal judicial de La Paz no ha dejado de causar asombro, tanto por la misma demanda del ministro, como por la decisión asumida por ese organismo. Y es que precisamente se trata de un síntoma del grado terminal en que se encuentra la justicia y, al mismo tiempo, también muestra las deficiencias de la educación universitaria, en particular en la rama del Derecho.

En primer lugar, se desconoce que la censura a un ministro no es de carácter burocrático o administrativo, sino una sanción moral de la más alta contundencia y frente a la cual no hay vuelta que dar, por dignidad personal. Una censura parlamentaria no significa la destitución de un funcionario que llegó tarde a su oficina, sino que se trata de una sanción ética y política absoluta y debe ser acatada por decoro personal. Así mismo, se debe considerar que la sentencia fue producto de un juicio parlamentario a cargo de diputados de tanto o mayor jerarquía que funcionarios judiciales. No se trata de un asunto del Código del Trabajo. Solo personas ajenas a la sindéresis y aproximación a la axiología no lo entenderían así.

Eso, por un lado. Por otro, la acción de los componentes del Tribunal de Justicia de La Paz no es menos grave. En efecto, pareciera que ignoran que prohibir las interpelaciones parlamentarias es un error monumental, debido a que el Legislativo tiene como objetivo central fiscalizar a los integrantes del Órgano Ejecutivo, cualesquiera que fueran ellos, desde el presidente del Estado hasta el último funcionario, principio que jamás, en la historia parlamentaria mundial, fue vulnerado y, más bien, siempre fue fortalecido y perfeccionado.

En tal sentido, esa facultad parlamentaria fue llevada a niveles más elevados, llegando, más de una vez, a llevar al “patíbulo” a funcionarios contrarios a la verdad o bien censurar y tumbar gabinetes para rectificar el curso de la historia de un país. Aún más, en el caso que preocupa a la opinión pública, quienes fallaron al negar al Poder más importante del país, el atributo de interpelar y censurar a ministros, cometieron un exabrupto jurídico que no solo es producto de un error, sino que, además, confirma la decadencia del régimen de gobierno.

ARTÍCULOS RELACIONADOS
- Advertisment -

MÁS POPULARES