miércoles, septiembre 4, 2024
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Para precautelar sus derechos

Solicitan fiscalizar situación de exministro López en Paraguay

Ante la constante circulación de información falsa generada desde territorio nacional, la senadora por la agrupación Creemos, Centa Rek, solicitó a su colega paraguayo, el senador Eduardo Hirohito Nakayama Rojas, fiscalizar legislativamente el estatus legal del exministro de Defensa, Fernando López, con la finalidad de resguardar sus derechos como refugiado en el país vecino.

“Tengo a bien en solicitar gentilmente a su despacho, en el marco de sus atribuciones y competencias, pueda iniciar actos de fiscalización entorno a la emisión de la orden de detención pese a la existencia de un trámite de asilo del exministro de Defensa de Bolivia, Luis Fernando López Julio, además de otros aspectos que usted considere relevantes y en la medida de sus posibilidades compartir la información lograda con mi persona, con la finalidad de resguardar sus derechos”, señala una parte de la nota remitida por Rek.

La preocupación de la Asambleísta de oposición  surge, luego de conocerse que López si figura con refugiado temporal otorgado por la Comisión Nacional para Apátridas y Refugiados (Conare)  de Paraguay,  razón por la que es improcedente un proceso de extradición, mucho menos una orden de aprehensión.

“Conforme a la información que pudimos acceder, llama la atención la emisión de una orden de un juzgado penal, para cumplir con la detención de López con fines de extradición pese a que el mencionado contaba con una solicitud de asilo generada en julio de 2023. Si bien la orden de detención quedó sin efecto es imprescindible conocer los pormenores de su emisión”, puntualiza la nota.

Un documento del Conare de Paraguay de fecha 14 de noviembre de 2023, certifica que López Julio formalizó su solicitud de refugio establecido en la ley N° 1938/02 General sobre Refugiados, por lo tanto “se encuentra gestionando el estatus de refugiado en la República de Paraguay; en consecuencia, se halla bajo la protección de la Ley General de Refugiados”.

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