martes, julio 23, 2024
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Limpias vuelve a descartar traslado de Luis F. Camacho

> El abogado, Martín Camacho, afirmó que el traslado no es una posibilidad, sino una obligación del director del recinto. > De no efectuarse el traslado nuevamente, Gonzáles cometería el delito de incumplimiento de deberes u obstrucción a la justicia, adelantó el jurista.

Por tercera vez, Régimen Penitenciario desahució el traslado del gobernador cruceño, Luis Fernando Camacho, desde el penal de Chonchocoro a Santa Cruz, para su audiencia del lunes 27 de mayo, por el caso “Decretazo”, al reiterar que no existen condiciones para la operación. La defensa legal de Camacho insiste que “no hay excusas” para impedir el traslado y que no se puede incitar a que las autoridades penitenciarias incumplan deberes.
El director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, pidió a las autoridades judiciales analizar informes sobre riesgos y condiciones emitidos previamente, con el fin de velar la integridad de Camacho y de los custodios que viajarían con él.
“Estamos nosotros encargados de precautelar la integridad física, la vida, la salud de cada privado de libertad, pero no solamente eso, sino también la responsabilidad del director de este centro penitenciario es precautelar por la seguridad de la Policía”, señaló.
El director del centro penitenciario de máxima seguridad de Chonchocoro, Marco Gonzáles, fue notificado el jueves 9 de mayo con una orden de traslado del gobernador para que asista al juicio oral por el supuesto delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, por la promulgación del decreto 373, cuya audiencia fue fijada para el lunes 27 de mayo, tras aplazarse desde el 11 de marzo por la ausencia de Camacho en tribunales de Santa Cruz.
Esta es la tercera ocasión en la que la autoridad descarta la posibilidad del traslado del acusado, alegando “falta de condiciones logísticas” para garantizar la seguridad de Camacho, mientras la parte demandante argumentó que existían “vicios procesales”. Anteriormente, el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, y Limpias afirmaron que otra razón para no efectuar su traslado era un supuesto riesgo de convulsión en la capital cruceña, por lo que sugirieron que la audiencia se desarrolle virtualmente.
Sin embargo, al igual que en anteriores ocasiones, el Tribunal de Justicia cruceño recalcó que la audiencia debe ser presencial, razón por la que ordenó al gobernador de Chonchocoro coordinar trabajos con Régimen Penitenciario, pues en esta ocasión Camacho debe ser puesto bajo custodia “un día antes” de la audiencia, es decir, el 26 de mayo.
“INSTIGAN INCUMPLIMIENTO DE DEBERES”
Por su parte, Martín Camacho, abogado del Gobernador cruceño, afirmó que el traslado no es una posibilidad, sino una obligación enmarcada en la Ley 2298, donde establece que el director de cada centro penitenciario debe cumplir con las órdenes judiciales para los traslados a las audiencias.
Con ello, manifestó que lo expuesto por Limpias cae en “saco roto”, pues se debe dar cumplimiento a la orden y que el director de Régimen Penitenciario fomenta el incumplimiento de deberes. “El señor Limpias, lo único que está haciendo es fortalecer en error, pero además instigar a que se cometa un incumplimiento de deberes por parte del mayor González, que está obligado a trasladar al gobernador”, remarcó.
Camacho indicó que el Tribunal ya valoró los informes presentados por el director del Centro Penitenciario de Chonchocoro y que estos “no han sido suficientes para justificar el incumplimiento de la orden judicial”.
“No hay una excusa que se pueda presentar, de parte de otro funcionario público como es el caso de Juan Carlos Limpias, más aún cuando hace referencia a informes pasados que ya fueron valorados en la audiencia de 11 de marzo por el Tribunal Octavo de Sentencia”, señaló el jurista.
Asimismo, manifestó que estos informes “fueron considerados como superfluos e insuficientes para no dar cumplimiento a una orden judicial”.
El colegiado defensor de Camacho agregó que, en caso de no efectuarse nuevamente el traslado de Camacho antes del 27 de mayo, la conducta de González podría adecuarse a uno de los tipos penales como ser Incumplimiento de Deberes, Obstrucción a la Justicia o Retardación a la Justicia, no descartarían volver a presentar una denuncia. En tal eventual escenario, “voy a hacer quien siente la denuncia en uso de facultades de la Ley 1970 para que se investigue esta nueva comisión de un hecho delictivo”, agregó.

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