lunes, julio 8, 2024
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CIDH trata caso de contaminación minera en San Agustín de Puñaca

> El caso se remonta a 2021, cuando el ayllu San Agustín presentó una acción popular por falta de control y fiscalización del Estado sobre los vertidos de las empresas mineras que operan alrededor de este territorio indígena, los cuales han generado durante décadas contaminación ambiental.

El caso de las “afectaciones al derecho al agua por la explotación minera” en el ayllu San Agustín de Puñaca de Oruro será recibido por una audiencia pública de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) este lunes a las 11:00 horas.
La audiencia fue solicitada en abril con el objetivo de que “el Estado Boliviano tome acciones de medidas efectivas integrales de reparación y remediación del territorio a partir de un control riguroso a las operadoras mineras, la atención en salud especializada a los intoxicados por metales pesados y el acceso a agua en cantidad y calidad para consumo humano y actividades agropecuarias”, señala un reporte del Centro de Comunicación y Desarrollo Andino (Cenda), entidad que asesora a los comunarios en la presentación de la denuncia.
El caso se remonta a 2021, cuando el ayllu San Agustín presentó una acción popular por falta de control y fiscalización del Estado sobre los vertidos de las empresas mineras que operan alrededor de este territorio indígena, los cuales han generado durante décadas contaminación ambiental, acumulando metales pesados en los suelos (cultivos y forraje), fuentes de agua, aire, según estudios realizados previamente.
A pesar de los reportes científicos aportados, el Tribunal de Justicia de Oruro falló, en primera instancia, desestimando la demanda. Pero, posteriormente, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia (TCP) revocó esa primera resolución y reconoció mediante Sentencia Constitucional Plurinacional 1471/2022-S3 que los derechos al agua, a la salud, a la alimentación y a un medio ambiente sano de los habitantes del ayllu San Agustín de Puñaca están siendo amenazados.
El TCP ordenó a las autoridades responsables “la realización de un estudio sobre el agua de la que se provisiona dicho colectivo indígena, con la finalidad de constatar si es apta o no para el consumo humano y uso agropecuario y dimensionar su repercusión en la salud de la población, a fin de que en su caso se asuman las acciones pertinentes para rehabilitar el uso del recurso hídrico”.
Este estudio fisicoquímico, bacteriológico y de metales pesados se ejecutó en siete fuentes de agua (cuatro de consumo humano y tres de uso agropecuario), obteniendo resultados que demuestran altos contenidos de metales pesados en las fuentes de agua por encima de los valores permitidos de la Normativa Boliviana 512, y de los estándares establecidos a nivel internacional. Dichos análisis fueron realizados por el Estado Boliviano a través del Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA).
A pesar de esos resultados, el informe del MMAyA concluyó que “no existe contaminación generada por la mano del hombre”.
Posteriormente, el Tribunal Departamental de Oruro (que debía cumplir con las acciones pertinentes ordenadas por el Tribunal Constitucional, para rehabilitar el recurso hídrico del ayllu), se ampara en esa conclusión del ministerio, evadiendo su responsabilidad como garante de derechos sin tomar medidas de remediación, y da por cumplida la Sentencia Constitucional Plurinacional, por resolución de fecha de 13 de septiembre de 2023, según un reporte de Cenda.
Frente a la postura del Estado, el ayllu realizó análisis de metales pesados en el cuerpo humano de 20 comunarios del territorio de manera voluntaria, para dimensionarla repercusión en la salud de la población, y cuyos resultados muestran intoxicación por metales pesados, como el arsénico, plomo y cadmio, en concentraciones mucho mayores a los estándares de la Unión Europea.
Ante la resolución del Tribunal Departamental de Oruro, el ayllu presentó un recurso de queja en el que se evidenciaron las “contradicciones, omisiones y deficiencias” del informe técnico del MMAyA, junto con la evidencia de intoxicación por metales pesados en el cuerpo humano de los pobladores, además de las deficiencias de la resolución judicial que da por cumplida la sentencia constitucional plurinacional, explica Cenda. Hasta el momento, y pasado sobradamente el plazo establecido, el recurso ha quedado sin resolver y la remediación no se ha producido.
La situación ha sido denunciada ante la CIDH en su visita in loco a Bolivia (29 de marzo 2023). La entidad, en su informe “Cohesión Social: el desafío para la consolidación de la Democracia en Bolivia” punto 216, indica que las afectaciones derivadas de daños ambientales han impactado derechos de pueblos indígenas, originarios campesinos y afrobolivianos. Una de ellas, las consecuencias de la contaminación del agua, y la desaparición del lago Poopó a causa de la minería en el ayllu de San Agustín de Puñaca, subcuenca Poopó, en Oruro.
Con el objetivo de parar estos abusos que vulneran los derechos de las comunidades indígenas, el ayllu en abril solicitó una audiencia pública con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que a través de la esta instancia internacional el Estado boliviano tome acciones de medidas efectivas integrales de reparación y remediación del territorio a partir de un control riguroso a las operadoras mineras, la atención en salud especializada a los intoxicados por metales pesados y el acceso a agua en cantidad y calidad para consumo humano y actividades agropecuarias. (Sumando Voces/Cenda/Brújula Digital)

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