jueves, agosto 15, 2024
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Diputado Jáuregui enjuicia a Luisa Nayar por calumnia

El diputado de la facción “arcista” del Movimiento Al Socialismo (MAS), Juan José Jáuregui, inició un proceso penal contra la legisladora de Comunidad Ciudadana (CC), Luis Nayar, por los presuntos delitos de injurias y calumnias, tras acusaciones de que Jáuregui estaría envuelto un caso de acoso sexual; desde la oposición, ven que el juicio es un intento de amedrentamiento hacia la diputada.

El hecho fue informado por el diputado jefe de bancada de CC, Enrique Urquidi, ayer en horas de la mañana, en compañía de otros parlamentarios de oposición. Desde esta coalición política, denunciaron que el proceso penal es un intento de acallar a Nayar, quien manifestó que seguirá fiscalizando al Gobierno y no se doblegará ante la “persecución política” que enfrenta.

El año pasado, Jáuregui fue denunciado por el presunto delito de acoso sexual a cambio de puestos laborales. Asimismo, se difundió un audio con la supuesta voz del legislador, en la que solicitó servicios sexuales a menores de edad. Sin embargo, el caso fue rechazado por la Fiscalía.

La bancada de CC no precisó las declaraciones que fueron objeto de la demanda, aunque reiteradamente Nayar se refirió a Jáuregui como un “acusado de pedofilia y acoso sexual”, llegando a abandonar una entrevista televisada en vivo al percatarse de la presencia del legislador.

 

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

Los artículos 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE) garantizan a todo ciudadano boliviano el derecho a un debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia.

“Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos (…) Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado”, dicta la CPE.

Por tanto, si el Ministerio Público o las víctimas no aportan las suficientes pruebas para demostrar contundentemente que una persona ha cometido un delito, esta no puede ser condenada, a pesar de las suposiciones, corazonadas o intuiciones que pueda tener el Juez o Tribunal que conoce de la causa.

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