miércoles, noviembre 27, 2024
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Asegura senadora Rek

Elecciones judiciales no pueden ser interferidas con otro proceso

Puntualizando que la Constitución Política del Estado (CPE), en su artículo 182 parágrafo 2, establece que la elección de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) debe contar con un proceso eleccionario “único y exclusivo”, la senadora por la agrupación Creemos, Centa Rek, recordó al Tribunal Supremo Electoral (TSE), que las elecciones judiciales no pueden ser interferidas por otro tipo de votación como una consulta o referéndum.
La legisladora detalló que la Carta Magna, en su artículo 182 parágrafo 2, es clara en el mandato a la Asamblea Legislativa Plurinacional para que efectué la preselección de postulantes al TSJ y luego enviar la nómina de los precalificados al TSE, para que esta instancia “proceda a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral”.
“Podemos ver que la Constitución da una directriz constitucional, no da una sugerencia; esto también está normado en la ley 026 del Régimen Electoral, que estipula que las elecciones, referéndums y consultas deben realizarse en fechas distintas; el Tribunal Supremo Electoral tiene que generar sus acciones en base a estos mandatos constitucionales y del marco legal”, añadió Rek.
En criterio de la asambleísta de oposición, las elecciones judiciales deben ser un proceso único, sin interferencias de otro tipo de votaciones, como un referéndum propuesto desde el Ejecutivo.
“La gente que elige magistrados debe tener la claridad suficiente sobre la causa y el motivo por el cual está yendo a este proceso electoral, no puede estar pensando en dos o tres cosas a la vez y generar una situación de confusión, de inviabilidad, de dificultad para tomar decisiones.
Aseguró además que, todos los motivos expuestos son absolutamente válidos y se espera que el Tribunal Supremo Electoral no siga dando vueltas sobre esta situación y actúe como le corresponde para precautelar los derechos constitucionales y el marco normativo del país, finalizó.

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