viernes, diciembre 27, 2024
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Cambio de ministros de Estado

Viene la remoción de los ministros de Estado; eso al menos están exigiendo y pregonando los militantes y simpatizantes del Movimiento al Socialismo (MAS) en estos últimos meses. Reclaman cambio de ministros, porque muchos de ellos no tienen identidad política definida o militancia inscrita en el partido de gobierno. Más bien, fueron invitados directamente por el presidente en uso de sus atribuciones constitucionales para designar a sus colaboradores de confianza. Ahora son tildados de ministros apolíticos que solo cuidan su imagen personal, que no salen a la palestra pública para defender al presidente en circunstancias de conflicto político.
El 30 diciembre de la gestión pasada se observó inusitados encuentros de la militancia política del MAS, movimiento que se produjo en la localidad de Eterazama, Villa Tunari (Cochabamba), comandado por Evo Morales, jefe de partido, para cuestionar a los ministros que no acompañaron en la ejecución de las políticas de gobierno, dejando solo al presidente en la solución de los problemas del país. Incluso diputados oficialistas llegaron al extremo de denominar “parásitos” a los ministros, que solo se dedicaron a calentar su asiento ministerial y cobrar su salario mensual.
En ese mar de cuestionamientos y duras críticas navegan los ministros de Relaciones Exteriores, Gobierno, Presidencia, Planificación, Comunicación, Hidrocarburos, Trabajo, Justicia y Salud. Éste último es cuestionado por obligar mediante decreto supremo a la ciudadanía a portar y exponer su carnet de vacuna covid-19 en bancos, aeropuertos y terminales. Son ministros que posiblemente el 23 de enero de 2022 serán removidos de la función pública, reemplazados por otros que sí tienen militancia política en el MAS, compromiso con el proceso de cambio; fusibles destinados a dar la cara, cuidar y defender al presidente Luis Arce.
Pero hay que recordar que la Constitución Política del Estado, establece en el artículo 172.22 que el Presidente tiene la atribución de “Designar a las Ministras y a los Ministros de Estado, respetando el carácter plurinacional y la equidad de género en la composición del gabinete ministerial”. También define en el artículo 175.I.II que: “Las Ministras y los Ministros de Estado son servidoras públicas y servidores públicos, y tienen atribuciones constitucionales de coadyuvar en la formulación de las políticas generales de gobierno, proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector, dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia, proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos con el presidente, entre otras atribuciones. Además, son responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas carteras”.
Asimismo, en el artículo 176 advierte a la ciudadanía: “Para ser designado como ministro de Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público; tener cumplidos veinticinco años al día del nombramiento; no formar parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional; no ser directivo, accionista ni socio de entidades financieras o empresas que mantienen relación contractual o que enfrenten intereses opuestos con el Estado; no ser cónyuge ni pariente consanguíneo o afín dentro del segundo grado de quienes se hallaren en ejercicio de la Presidencia o la Vicepresidencia del Estado”. Ciudadanos que tienen contratos pendientes de su cumplimiento o deudas ejecutoriadas, no podrán ser designados como ministros de Estado.
Finalmente, indicamos que a la población siempre le interesa contar con ministros técnicos, profesionales conocedores del manejo ministerial de Salud, Educación, Trabajo, Planificación, Economía e Hidrocarburos. Porque de la parte política pueden ocuparse tranquilamente los ministros de Gobierno, Presidencia, Comunicación y Relaciones Exteriores. Señor Presidente, exhortamos desde este medio, designar ministros capaces, idóneos, con ética y moral probadas en la función pública.

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