martes, septiembre 3, 2024
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Plan de reordenamiento docente

Hace días con mucho pesar hemos observado en las redes sociales de dominio público, agresiones físicas y toma violenta de las oficinas de la Dirección Distrital de Educación de La Paz-3, por parte de connotados dirigentes de la Federación Departamental de Trabajadores de Educación Urbana de La Paz; jaloneando y tratando de desalojar a la fuerza de su puesto de trabajo al Director Distrital. Esta reacción negativa de los dirigentes y maestros se debe a la pretendida implementación del plan de ordenamiento docente en las escuelas fiscales y de convenio del subsistema de educación regular.
Discordias y conflictos laborales de este tipo fueron permanentes en los últimos años, que se presentaron en febrero y marzo, entre autoridades de un distrito educativo, dirigentes sindicales del magisterio y docentes afectados por disposición administrativa de “reubicación” en otra unidad educativa. Sin embargo, la realidad es clarísima; maestros que tienen baja cantidad de estudiantes inscritos o que no tienen estudiantes, sufren la obligación de someterse al plan de reordenamiento docente. Pero, qué significa reordenamiento en el magisterio: “ordenar administrativamente un desorden surgido por baja matrícula escolar de estudiantes dentro de una unidad educativa”.
La Resolución Ministerial 001/2022, artículo 69, habla del Plan de reordenamiento que consiste primero en levantar cuidadosamente un diagnóstico de necesidades y demanda de ítems docentes en unidades educativas de nueva creación y crecimiento de la población escolar. Y la normativa dice: “Con el objeto de mejorar la gestión educativa, los Directores Departamentales de Educación son responsables de realizar el reordenamiento del personal docente, administrativo y de servicio de las unidades educativas del departamento de acuerdo con un plan, con base en normativa y protocolo vigente”. Asimismo, dispone que las direcciones distritales de educación en coordinación con las subdirecciones de educación regular, representación sindical del magisterio, gobierno estudiantil, madres y padres de familia, elaboren un plan de reordenamiento “consensuado”.
El plan de reordenamiento docente de unidades educativas fiscales y de convenio responde esencialmente a las necesidades educativas de los turnos que cuentan con alta matrícula escolar y demanda de ítems docentes de aula, áreas técnicas y personal administrativo (Secretaria, Regencia y Auxiliares). Porque, mientras en el casco urbano de las capitales de cada departamento ya no hay estudiantes de nivel inicial, primaria y secundaria; en los barrios periféricos de las ciudades intermedias existe crecimiento vegetativo permanente que diariamente colma las dependencias de las escuelas con 30 a 40 estudiantes inscritos por curso y paralelo, inclusive. Entonces, donde no hay estudiantes, corresponde la fusión o traslado de ítems docentes a unidades educativas de alta demanda o donde hace falta un maestro, sin afectar, por supuesto, su salario y estabilidad laboral.
Actitudes bochornosas, como las vistas por la opinión pública, no solo atentan contra los derechos laborales de los funcionarios que trabajan en la Dirección Distrital, sino esencialmente lastiman y denigran la dignidad de los profesionales del magisterio. Por ello, es menester siempre, antes de acudir a los hechos violentos, recurrir al diálogo entre partes, para consensuar soluciones que beneficien al interés mayor del Estado, que son los niños y jóvenes estudiantes del Sistema Educativo Público, que tienen derecho a ser atendidos en su formación integral por docentes de aula y áreas técnicas.

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