miércoles, septiembre 4, 2024
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Organizaciones políticas deben actualizar registro

Las organizaciones políticas tienen plazo hasta el 7 de marzo de 2022 para actualizar su registro de militantes, según establece instructivo del Tribunal Supremo Electoral (TSE) del 13 de julio de 2021.
De acuerdo a la Ley N°1096 de Organizaciones Políticas, la actualización del registro de militancia, deberá ser realizada por los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas al menos una vez por cada periodo constitucional y hasta un año después de las elecciones subnacionales.
El procedimiento para la actualización de la militancia de una organización política debe enmarcarse en el artículo 31 del Reglamento de Otorgación y Registro de Personalidad Jurídica y Actualización de Militancias de Organizaciones Políticas.
La actualización consiste en un trámite que realizan los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas, con personalidad jurídica vigente, para incluir nuevos registros a su padrón de militantes.
Previo a la actualización, las o los delegados acreditados ante el Tribunal Electoral competente deberán presentar la solicitud escrita de actualización de su padrón de militantes, donde debe figurar un correo electrónico a efectos de notificación y con los siguientes documentos: plan operativo de registro de militantes, copia simple de la resolución de otorgación de personalidad jurídica, y el certificado actualizado, emitido por el Tribunal Electoral competente, que acredite la calidad de delegada o delegado político de la organización tramitante. (ABI)

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