viernes, septiembre 27, 2024
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Elegir al Defensor del Pueblo

Cumplidas etapas de postulación, habilitación y entrevista a los candidatos al puesto de Defensor/a del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, senadores y diputados del oficialismo y oposición están empantanados en el dilema de elegir al mejor de los siete finalistas que llegaron hasta la “decisión política” de la Asamblea Legislativa. Los parlamentarios, dándose un cuarto intermedio, seguramente están tomando acuerdos y consensos partidarios para dirimir con su voto, pronto, la elección y designación del futuro defensor/a.

Tarea difícil, por cierto, tienen los legisladores, porque los siete finalistas demostraron capacidad y méritos profesionales para ser considerados como los mejores, incluso algunos ganaron la talla de “excelentes” en la etapa de entrevista y defensa oral de sus propuestas de trabajo, que implementarán en la defensoría. El Órgano Legislativo, integrado por 166 parlamentarios: 36 Senadores y 130 Diputados, requiere 109 votos para llegar a los dos tercios (2/3) y de esta forma elegir al aspirante mejor perfilado como Defensor del Pueblo, gestiones 2022-2027.

Dos tercios, es el mecanismo que deben cumplir obligatoriamente los legisladores para elegir al defensor/a, porque así lo establece la Constitución Política del Estado, en su artículo 220, cuando impone enfáticamente: “La Defensora o el Defensor del Pueblo, se designará por al menos dos tercios de los presentes de la Asamblea Legislativa Plurinacional”. Más adelante, continúa: “La designación requerirá de convocatoria pública previa y calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público, entre personas reconocidas por su trayectoria en la defensa de los derechos humanos”.

El discernimiento que efectuaron los miembros de la Comisión de Constitución ha servido para encontrar a los siete finalistas, quienes ahora tienen las mismas oportunidades y posibilidades de ser elegidos como Defensor del Pueblo en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, en la última votación los que alcanzaron votos de confianza de los parlamentarios y se perfilan para el puesto son, concretamente, tres: Pedro Francisco Callisaya Aro (82), Evelin Patricia Cossio Márquez (47) y Porfirio Machado Gisbert (11). De ellos, uno será acreedor de la preferencia parlamentaria.

Intereses personales y partidarios de los legisladores o bancadas parlamentarias, pretendiendo empantanar hasta la anulación del proceso de elección del Defensor del Pueblo, podrían ocasionar, nuevamente, otro quiebre político institucional, dando surgimiento a conflictos y rechazo social, como los ocurridos en el año 2019; con calles bloqueadas y movilizaciones grupales, que afectaron al funcionamiento de los Órganos del Estado, perjudicando el normal desarrollo de las actividades de gente que no vive de los recursos públicos (funcionarios).

El empantanamiento en el fango de la desacreditación, la crítica destructiva, el daño a la dignidad de los candidatos, como está ocurriendo en los medios de comunicación actualmente –por supuestos hechos y dichos que van y vienen de ambos bandos; tildando a los finalistas de afines a la ideología política del oficialismo y de la oposición– afectan a la salud mental de la ciudadanía. Entonces, los parlamentarios deben precautelar el “bienestar social” de la mayoría, eligiendo conscientemente al candidato que demostró méritos profesionales y propuesta de trabajo aplicable a las funciones de la Defensoría del Pueblo. Llevar nuevamente al pueblo a la agonía por su defensor/a de sus derechos humanos, no conviene de ninguna manera, señores “parlamentarios”.

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